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Jueves, 29 de Octubre de 2026
El TC otorga amparo a una trabajadora afectada
Las madres solas podrán sumar el permiso por nacimiento que correspondería al otro progenitor
El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo presentado por una madre biológica de una familia monoparental y ha reconocido su derecho a ampliar la prestación por nacimiento y cuidado de menor disfrutando del permiso que correspondería al otro progenitor.
El fallo, publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), otorga amparo a esta madre por vulneración del derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación por razón de nacimiento, en aplicación de la doctrina sentada en la sentencia 140/2024 del propio Constitucional.
En dicha sentencia, el TC estima que no reconocer la ampliación del permiso a madres biológicas solas más allá de 16 semanas supone "una discriminación por razón de nacimiento de los niños y niñas nacidos en familias monoparentales" ya que esos menores podrán disfrutar de un período de cuidado de sus progenitores "significativamente inferior a los nacidos en familias biparentales".
De esta forma, el alto tribunal ordena la retroacción de las actuaciones al momento anterior al dictado de la primera resolución administrativa denegatoria del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 17 de diciembre de 2021, a fin de que se dicte una nueva resolución "respetuosa con el derecho fundamental reconocido".
La sentencia dictada por la Sala Segunda concluye así un recorrido judicial iniciado por la trabajadora tras el nacimiento de su hijo en noviembre de 2021 en el seno de una familia monoparental, cuando el INSS le denegó su reclamación para ampliar su permiso por nacimiento en otras 16 semanas.
![[Img #172576]](https://madridpress.com/upload/images/10_2026/8987_madres.jpg)
El fallo, publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), otorga amparo a esta madre por vulneración del derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación por razón de nacimiento, en aplicación de la doctrina sentada en la sentencia 140/2024 del propio Constitucional.
En dicha sentencia, el TC estima que no reconocer la ampliación del permiso a madres biológicas solas más allá de 16 semanas supone "una discriminación por razón de nacimiento de los niños y niñas nacidos en familias monoparentales" ya que esos menores podrán disfrutar de un período de cuidado de sus progenitores "significativamente inferior a los nacidos en familias biparentales".
De esta forma, el alto tribunal ordena la retroacción de las actuaciones al momento anterior al dictado de la primera resolución administrativa denegatoria del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 17 de diciembre de 2021, a fin de que se dicte una nueva resolución "respetuosa con el derecho fundamental reconocido".
La sentencia dictada por la Sala Segunda concluye así un recorrido judicial iniciado por la trabajadora tras el nacimiento de su hijo en noviembre de 2021 en el seno de una familia monoparental, cuando el INSS le denegó su reclamación para ampliar su permiso por nacimiento en otras 16 semanas.






















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