La Sala de lo Penal así lo ha decidido en un auto, después de que el pasado junio los condenara por delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación.
"Todas y cada una de las alegaciones formuladas ya han sido objeto de un análisis detallado, particularmente, en la sentencia cuya nulidad se insta", responde el tribunal que les juzgó.
Los magistrados indican que el incidente de nulidad "no está previsto para que el tribunal rectifique el criterio expresado en la resolución sobre las cuestiones propuestas, basándose para ello en argumentos coincidentes con los ya utilizados en el desarrollo de la causa".
La Fiscalía Anticorrupción interesó que se rechazaran los incidentes de nulidad de ambos, señalando que "necesariamente están abocados al fracaso y deben ser desestimados, pues desbordan claramente el objeto de este remedio", al "limitarse a reproducir pretensiones ya examinadas y decididas en la sentencia firme cuya nulidad se solicita".
ÁBALOS COMO "EL JEFE" Y KOLDO COMO SU "ALTER EGO"
El alto tribunal también condenó al empresario Víctor de Aldama, por delitos de organización criminal y cohecho, a cuatro años de prisión, pero le permitió no entrar en la cárcel por su colaboración con la justicia durante el caso y a cambio de no volver a delinquir.
Los magistrados consideraron acreditadas irregularidades en la adjudicación de 13 millones de mascarillas por parte de entidades de Transportes como Puertos del Estado y Adif a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada a Aldama; la remuneración mensual de 10.000 euros para "gastos fijos" de Ábalos, y la contratación de dos mujeres relacionadas con el exministro en empresas públicas, Claudia Montes y Jéssica Rodríguez, a la que la trama pagó el alquiler de un piso.
Asimismo, vio probado el contrato de arrendamiento con opción a compra entre Aldama y el exministro de un piso en Madrid y el arrendamiento de viviendas en Marbella y La Línea de la Concepción (Cádiz) también con posibilidad de compra por gestiones relacionadas con la emisión de una nota de prensa sobre el rescate de la aerolínea Air Europa y para la concesión de una licencia de hidrocarburos.
A su juicio, los tres condenados "convinieron" que, aprovechando el cargo que tenía Ábalos tanto en el Gobierno de Pedro Sánchez como de 'número tres' en el PSOE, "podría favorecer, a cambio del correspondiente beneficio económico del que todos participarían, la contratación con la Administración Pública en cuantas ocasiones hubiera oportunidad", por mercantiles promovidas por Aldama, así como facilitar al empresario "el acceso preferente a la Administración para la realización de las gestiones que precisara para sí mismo o para las referidas empresas".
Tanto Koldo como Aldama, a criterio de los magistrados, consideraban a Ábalos "el jefe", ya que "aportaba la autoridad" que le confería su máxima responsabilidad en Transportes y como secretario de Organización del PSOE "su directa influencia cuando era precisa", aprovechándose, en lo demás, de su asesor y "hombre de confianza" y "alter ego", que "siempre actuaba en su nombre".
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