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Viernes, 02 de Octubre de 2026
Con los votos de PP, Vox, Junts y UPN
El Congreso tumba los dos decretos del Gobierno sobre vivienda
El Pleno del Congreso ha rechazado los dos decretos ley de medidas sobre vivienda, incluyendo la prohibición de desahucios a personas vulnerables y la prórroga de los contratos de alquiler que vencen este año, con los votos del PP, Vox, Junts y UPN.
Asimismo, la oposición ha juntado sus votos para rechazar el decreto ley para renovar automáticamente los contratos de alquiler y que obligaba al propietario a indemnizar al inquilino con doce mensualidades si decidía romper el contrato.
Con ese resultado, este segundo decreto ley de Vivienda, impulsado por Sumar a instancias del Sindicato de Inquilinas, ha quedado derogado tras haber estado en vigor apenas unas pocas horas, las transcurridas desde su entrada en vigor a las cero horas de este viernes.
Todas las formaciones que han decidido votar en contra ya lo avanzaron antes de las votaciones. De hecho, el ministro de Derechos Sociales y Consumo, Pablo Bustinduy, ha aprovechado su intervención de defensa del decreto para cargar contra PP, Vox y Junts por su 'no' al decreto, y ha acusado a estas formaciones de "traicionar al pueblo" para servir al "rentismo".
BUSTINDUY, A PP, VOX Y JUNTS: "VENDEPATRIAS"
"Ustedes defienden a los ricos, no tienen bandera ni vergüenza", ha acusado el ministro, y ha llegado a calificar de "vendepatrias" a quienes, según ha señalado, anteponen los intereses de grandes multinacionales a los de los ciudadanos.
Cuando han terminado los debates de este y del otro decreto ley de vivienda, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha querido subir a tribuna para avisar a aquellos grupos parlamentarios que voten en contra de los decretos: "La historia les juzgará antes de lo que creen y con más contundencia de lo que imaginan".
A instancias de PSOE y Sumar, la votación ha sido pública y por llamamiento, con lo que cada diputado se ha ido poniendo en pie desde su escaño para decir su voto a viva voz.
Al final, y tal como ya habían avanzado las diferentes formaciones, el resultado ha sido de 166 votos a favor de PSOE, Sumar, ERC, Bildu, Podemos, BNG y Compromís, frente a 184 del PP, Vox, Junts, PNV, Coalición Canaria y UPN. "En consecuencia, queda derogado el decreto ley --ha zanjado la presidenta del Congreso, la socialista, Francina Armengol--. Se levanta la sesión".
PRÓRROGAS DE CINCO AÑOS E INDEMNIZACIÓN DE 12 MESES
El decreto ley establecía que una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración del contrato, o siete si el arrendador fuese una persona jurídica, el alquiler se prorrogaría obligatoriamente por plazos sucesivos de cinco años, o siete en el caso de los arrendadores personas jurídicas.
La ley fijaba que si el propietario decidía no continuar con el alquiler, debería indemnizar al arrendatario con una cantidad equivalente, como mínimo, a doce mensualidades de la renta de una vivienda de características similares.
Esta indemnización no se aplicaba en determinados supuestos, entre ellos cuando el propietario, siendo persona física, necesitara la vivienda para sí o para familiares de segundo grado, cuando el inquilino no hubiese habitado la vivienda durante más de seis meses en los doce anteriores a la notificación o cuando dispusiese de otra vivienda apta en el mismo municipio.
Tampoco procedía si las partes suscribían un nuevo contrato o si el arrendatario rechazaba una oferta fehaciente de nuevo contrato que cumpliera las condiciones establecidas en la norma.
El decreto mantenía además las prórrogas extraordinarias para los casos de vulnerabilidad social y económica y para las viviendas situadas en zonas de mercado residencial tensionado. La primera podría alcanzar un año y la segunda, tres años, y esta última tendría carácter preferente frente a otras prórrogas extraordinarias previstas por ley.
La propuesta legislativa presentada por el Gobierno incluía un amplio abanico de medidas que iban desde modificaciones a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 para limitar los alquileres de temporada, bonificaciones fiscales para inquilinos y propietarios o préstamos de hasta 50.000 euros a interés cero para facilitar la entrada de una primera vivienda.
Entre otras propuestas, el decreto modificaba el IRPF y fijaba reducciones para el casero del 100%, 95%, 90%, 85% y 70%, según las condiciones del contrato, la ubicación y la edad del inquilino. También establecía una reducción del 60% para viviendas rehabilitadas y del 80% durante determinadas prórrogas tácitas.
A su vez, introducía una deducción del 10% para los inquilinos por alquiler de vivienda habitual en zonas tensionadas, para contribuyentes con una base imponible inferior a 33.007,20 euros.
Por otro lado, se establecía una exención de hasta el 100% de las ganancias patrimoniales por la venta de viviendas a organismos y entidades públicas destinados a vivienda social y asequible, para transmisiones hasta el 31 de diciembre de 2027 y con valores inferiores a 800.000 euros.
IVA A PISOS TURÍSTICOS E IBI A VIVIENDAS VACÍAS
El texto también gravaba con un 10% el IVA de los pisos turísticos y se introducían recargos en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)para viviendas vacías de titulares de cuatro o más inmuebles residenciales.
Para las socimi, se establecía un gravamen del 25% sobre determinados beneficios no distribuidos procedentes del alquiler o cesión de uso de inmuebles residenciales. Además, el decreto creaba la línea TU CASA, un mecanismo de préstamos a tipo de interés cero y sin comisiones de hasta 50.000 euros.
Asimismo, el texto ampliaba hasta 2.000 millones de euros una línea de avales para facilitar la financiación de proyectos destinados a incrementar el parque a precio asequible, así como a mejorar el parque existente; y establece que los inmuebles del Patrimonio del Estado y de la Seguridad Social susceptibles de destinarse a vivienda serán aportados a Casa 47.
![[Img #172015]](https://madridpress.com/upload/images/10_2026/7385_congrso.jpg)
Asimismo, la oposición ha juntado sus votos para rechazar el decreto ley para renovar automáticamente los contratos de alquiler y que obligaba al propietario a indemnizar al inquilino con doce mensualidades si decidía romper el contrato.
Con ese resultado, este segundo decreto ley de Vivienda, impulsado por Sumar a instancias del Sindicato de Inquilinas, ha quedado derogado tras haber estado en vigor apenas unas pocas horas, las transcurridas desde su entrada en vigor a las cero horas de este viernes.
Todas las formaciones que han decidido votar en contra ya lo avanzaron antes de las votaciones. De hecho, el ministro de Derechos Sociales y Consumo, Pablo Bustinduy, ha aprovechado su intervención de defensa del decreto para cargar contra PP, Vox y Junts por su 'no' al decreto, y ha acusado a estas formaciones de "traicionar al pueblo" para servir al "rentismo".
BUSTINDUY, A PP, VOX Y JUNTS: "VENDEPATRIAS"
"Ustedes defienden a los ricos, no tienen bandera ni vergüenza", ha acusado el ministro, y ha llegado a calificar de "vendepatrias" a quienes, según ha señalado, anteponen los intereses de grandes multinacionales a los de los ciudadanos.
Cuando han terminado los debates de este y del otro decreto ley de vivienda, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha querido subir a tribuna para avisar a aquellos grupos parlamentarios que voten en contra de los decretos: "La historia les juzgará antes de lo que creen y con más contundencia de lo que imaginan".
A instancias de PSOE y Sumar, la votación ha sido pública y por llamamiento, con lo que cada diputado se ha ido poniendo en pie desde su escaño para decir su voto a viva voz.
Al final, y tal como ya habían avanzado las diferentes formaciones, el resultado ha sido de 166 votos a favor de PSOE, Sumar, ERC, Bildu, Podemos, BNG y Compromís, frente a 184 del PP, Vox, Junts, PNV, Coalición Canaria y UPN. "En consecuencia, queda derogado el decreto ley --ha zanjado la presidenta del Congreso, la socialista, Francina Armengol--. Se levanta la sesión".
PRÓRROGAS DE CINCO AÑOS E INDEMNIZACIÓN DE 12 MESES
El decreto ley establecía que una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración del contrato, o siete si el arrendador fuese una persona jurídica, el alquiler se prorrogaría obligatoriamente por plazos sucesivos de cinco años, o siete en el caso de los arrendadores personas jurídicas.
La ley fijaba que si el propietario decidía no continuar con el alquiler, debería indemnizar al arrendatario con una cantidad equivalente, como mínimo, a doce mensualidades de la renta de una vivienda de características similares.
Esta indemnización no se aplicaba en determinados supuestos, entre ellos cuando el propietario, siendo persona física, necesitara la vivienda para sí o para familiares de segundo grado, cuando el inquilino no hubiese habitado la vivienda durante más de seis meses en los doce anteriores a la notificación o cuando dispusiese de otra vivienda apta en el mismo municipio.
Tampoco procedía si las partes suscribían un nuevo contrato o si el arrendatario rechazaba una oferta fehaciente de nuevo contrato que cumpliera las condiciones establecidas en la norma.
El decreto mantenía además las prórrogas extraordinarias para los casos de vulnerabilidad social y económica y para las viviendas situadas en zonas de mercado residencial tensionado. La primera podría alcanzar un año y la segunda, tres años, y esta última tendría carácter preferente frente a otras prórrogas extraordinarias previstas por ley.
La propuesta legislativa presentada por el Gobierno incluía un amplio abanico de medidas que iban desde modificaciones a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 para limitar los alquileres de temporada, bonificaciones fiscales para inquilinos y propietarios o préstamos de hasta 50.000 euros a interés cero para facilitar la entrada de una primera vivienda.
Entre otras propuestas, el decreto modificaba el IRPF y fijaba reducciones para el casero del 100%, 95%, 90%, 85% y 70%, según las condiciones del contrato, la ubicación y la edad del inquilino. También establecía una reducción del 60% para viviendas rehabilitadas y del 80% durante determinadas prórrogas tácitas.
A su vez, introducía una deducción del 10% para los inquilinos por alquiler de vivienda habitual en zonas tensionadas, para contribuyentes con una base imponible inferior a 33.007,20 euros.
Por otro lado, se establecía una exención de hasta el 100% de las ganancias patrimoniales por la venta de viviendas a organismos y entidades públicas destinados a vivienda social y asequible, para transmisiones hasta el 31 de diciembre de 2027 y con valores inferiores a 800.000 euros.
IVA A PISOS TURÍSTICOS E IBI A VIVIENDAS VACÍAS
El texto también gravaba con un 10% el IVA de los pisos turísticos y se introducían recargos en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)para viviendas vacías de titulares de cuatro o más inmuebles residenciales.
Para las socimi, se establecía un gravamen del 25% sobre determinados beneficios no distribuidos procedentes del alquiler o cesión de uso de inmuebles residenciales. Además, el decreto creaba la línea TU CASA, un mecanismo de préstamos a tipo de interés cero y sin comisiones de hasta 50.000 euros.
Asimismo, el texto ampliaba hasta 2.000 millones de euros una línea de avales para facilitar la financiación de proyectos destinados a incrementar el parque a precio asequible, así como a mejorar el parque existente; y establece que los inmuebles del Patrimonio del Estado y de la Seguridad Social susceptibles de destinarse a vivienda serán aportados a Casa 47.

























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