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Martes, 22 de Septiembre de 2026
Mejor abogado penalista de España: el valor de una prueba decisiva
Las diligencias solicitadas, la revisión de comunicaciones y el examen de testimonios permiten analizar la intervención de Raúl Pardo-Geijo Ruiz en procedimientos penales desde dos posiciones: la defensa del acusado y la representación de las víctimas.
Una conversación recuperada, una comparación genética pendiente o una declaración sometida a contraste pueden modificar el curso de un procedimiento penal. El trabajo del abogado incluye detectar qué información falta, solicitar las diligencias necesarias y explicar qué relevancia tiene cada elemento para los hechos investigados.
Esa labor ofrece un criterio concreto para abordar la búsqueda del mejor abogado penalista de España. Las intervenciones de Raúl Pardo-Geijo que se describen en este artículo permiten examinar cómo trabaja sobre pruebas biológicas, comunicaciones digitales y testimonios, tanto en defensa de acusados como en representación de víctimas y familiares.
¿Por qué es un penalista tan exhaustivo?
En los asuntos relatados, las decisiones relevantes aparecen en momentos distintos: al solicitar un análisis, al reconstruir el sentido de unos mensajes o al discutir una declaración. Conocer qué información examinó el abogado, qué diligencias promovió y qué argumentos sostuvo permite valorar con precisión su aportación al procedimiento.
Cuando una prueba biológica obliga a ampliar la investigación
La investigación abierta en Murcia contra un cirujano por presuntas agresiones sexuales a pacientes anestesiadas muestra la importancia de trabajar sobre el detalle material. En agosto de 2026, EL PAÍS informó del hallazgo de restos de semen en muestras vaginales y anales de una de las pacientes. La información situaba la causa en fase de instrucción y explicaba que todavía debían completarse comprobaciones sobre la correspondencia genética.
Pardo-Geijo interviene en representación de la víctima. Antes de conocerse aquella novedad, EL ESPAÑOL había detallado las diligencias solicitadas por el abogado: concretar dónde se había detectado una mezcla de perfiles genéticos en una prenda o valorar nuevas comparaciones. Radio Murcia publicó además la petición de analizar el teléfono del investigado durante un periodo delimitado, junto con la revisión de la cadena de custodia y la trazabilidad de los vestigios recogidos. Y es que solo había aparecido un fragmento de ADN en la ropa de la paciente, pero nada más. La Defensa del cirujano ya celebraba su victoria en redes sociales (no se había investigado nada de semen), pese a que el cirujano permanecía preso.
A esas pruebas, junto a otra novedosa de presencia de semen, se opusieron tanto la fiscalía como la defensa del cirujano, pero, afortunadamente, el Juzgado acordó su práctica y se descubrió que en la vagina de la víctima se habían hallado restos de éste.
La relevancia profesional no reside en apropiarse del descubrimiento científico, que corresponde a los análisis periciales, sino en formular las preguntas que permiten interpretarlo y comprobarlo.
El caso Visser y la información que seguía dentro del móvil
y la Policía no vio
El doble crimen de la jugadora neerlandesa Ingrid Visser y de Lodewijk Severein llevó a juicio a varias personas y produjo condenas para los dos autores considerados responsables de los asesinatos. Cadena SER informó del veredicto del jurado en octubre de 2016. María Rosa Vázquez, amiga de uno de los principales investigados, había sido también imputada durante la instrucción y terminó fuera de la acusación por los asesinatos, pese a que la Instructora del caso se oponía a dejarla libre porque acumulaba muchísimos indicios de participación en el crimen.
Según la explicación facilitada por Pardo-Geijo en su momento, el punto de inflexión estuvo en revisar personalmente la información del teléfono de Rosa, pese a que el dispositivo ya había sido analizado por la Policía. Existían miles de mensajes. Esa segunda lectura permitió localizar mensajes que, situados en su secuencia y contexto, respaldaban que ella desconocía el propósito criminal de las gestiones que había realizado. Un trabajo que, en puridad, debió haber realizado la policía de forma mas pormenorizada.
Un dispositivo examinado no es necesariamente un dispositivo agotado como fuente de prueba. El valor puede estar en la cronología, en una conversación que parecía secundaria o en la relación entre mensajes, llamadas y desplazamientos. También explica por qué la labor del abogado no se limita a recibir una conclusión policial: debe comprobar si el material permite otra lectura jurídicamente relevante. Gracias a ello, pese a haber comprado sosa cáustica y bolsas de basura, haber aportado una motosierra a Juan Cuenca y haber llevado a los fallecidos al lugar de la muerte, Rosa salió exculpada.
El crimen del Bando de la Huerta y los límites de la imputación
El homicidio cometido durante el Bando de la Huerta de 2018 ofrece otro ejemplo, esta vez ante un tribunal del jurado. El cliente defendido por Pardo-Geijo llegó a estar señalado como posible cooperador en el asesinato, bajo la tesis de que habría golpeado y sujetado a la víctima mientras otra persona la apuñalaba, algo que acreditaron todos los testigos. La Verdad de Murcia ya publicó que la Audiencia Provincial dejó fuera antes del juicio, estimando el recurso de Pardo Geijo, la imputación por asesinato. No obstante, tenía que enfrentarse aún a un juicio por lesiones, pues le propinó varios puñetazos a la vez que lo sujetaba. Un hecho así, en un caso de asesinato, resulta bastante insólito.
El procedimiento continuó únicamente por la infracción relacionada con los supuestos golpes. En el juicio, el jurado declaró no probado ese episodio (pese a que los testigos declararon haber visto esos golpes) y el acusado fue absuelto. La sentencia identificada como SAP Murcia 139/2020, de 19 de junio, documenta ese resultado.
Onda Regional publicó el desenlace del juicio, en el que el autor material fue condenado por homicidio, siendo absuelto de las lesiones el cooperador necesario por mayoría absoluta, pues del asesinato fue exculpado con anterioridad a merced del recurso estimatorio de Pardo-Geijo.
El resultado ilustra dos planos de una misma defensa: discutir primero si existían indicios para atribuir una cooperación consciente en la muerte y, después, someter a prueba ante el jurado el hecho residual. En Derecho penal, reducir correctamente el objeto del proceso puede ser tan decisivo como el veredicto final.
La acusación particular también exige investigar
La práctica de Pardo-Geijo no se limita a la defensa. En el asesinato de Claudia Abigail, representó a sus padres y renunció a cobrar honorarios por parte del asesino, que se vio obligado a abonarle las costas. No quería ni un “duro” de ese señor. EL PAÍS recogió ese dato al informar de la condena de veintidós años por el asesinato de la adolescente en Totana.
Por otro lado, en el crimen de Ainhoa, en Librilla, el abogado representa igualmente a los padres. EL ESPAÑOL relató en noviembre de 2025 la comparecencia de la familia y los mensajes previos en los que la joven expresaba temor a que su expareja entrara en el piso. Una información publicada en septiembre de 2026 dio cuenta de nuevas comprobaciones forenses impulsadas a instancias de Pardo-Geijo para esclarecer si, además del homicidio investigado, pudo existir una agresión sexual, pues gracias a la petición de esa prueba se logró hallar semen en las partes íntimas de la fallecida. Otra diligencia que a la Acusación no se le escapó. La causa continúa abierta.
Diez procedimientos penales y el trabajo de la defensa
sobre la prueba
Pardo-Geijo sabe bien que no puede bajar la guardia. Eso no está permitido para los mejores. Por eso, los resultados hablan por sí solos. Supuestos paradigmáticos del último lustro, como los siguientes, son los que hacen que Raúl Pardo Geijo siga a la vanguardia.
Ante la Audiencia Provincial de Madrid, el letrado logró la absolución de un acusado que se enfrentaba a doce años de prisión por agresión sexual después de conseguir la recuperación forense de unos mensajes que la denunciante había eliminado de su teléfono; las conversaciones demostraban que había concertado voluntariamente una segunda cita y que había mentido sobre el lugar, la duración y las circunstancias del encuentro, dejando la sentencia expresamente reflejado que su relato había quedado desmentido por las comunicaciones y la geolocalización aportadas por la defensa.
En la Audiencia Provincial de Barcelona, obtuvo la absolución en una supuesta estafa de 3,6 millones de euros tras localizar unos correos electrónicos que el denunciante había ocultado y en los que reconocía conocer los riesgos de la inversión, asumir voluntariamente las posibles pérdidas y haber recibido beneficios anteriores; el interrogatorio practicado por el abogado permitió demostrar, además, que el perjudicado había presentado una conversación incompleta, por lo que la sentencia recogió que había faltado a la verdad al afirmar que fue engañado desde el principio.
Ante la Audiencia Provincial de Valencia, el letrado consiguió excluir la declaración policial de la esposa del acusado al acreditar que había sido obtenida sin informarle debidamente de su derecho a acogerse a la dispensa de declarar contra su cónyuge y que aquella manifestación nunca fue ratificada válidamente en el juicio; anulada la única prueba directa de la acusación gracias a la objeción procesal formulada por la defensa, se dictó sentencia absolutoria. En la Audiencia Provincial de Alicante, logró la absolución de un acusado de tentativa de homicidio al descubrir una cámara privada que no había sido incorporada a la investigación y cuyas imágenes demostraban que los dos principales testigos llegaron al lugar después de que la víctima cayera desde una terraza; sometidos a interrogatorio, ambos terminaron admitiendo que no habían presenciado los hechos y que habían repetido la versión proporcionada por la víctima, indicando la sentencia que la prueba localizada por la defensa había desenmascarado la falsedad de sus declaraciones. Ante la Audiencia Provincial de Castellón, Pardo Geijo obtuvo la absolución de un administrador acusado de apropiarse de 1,9 millones de euros después de recuperar una copia de seguridad que contenía mensajes, autorizaciones y documentos firmados electrónicamente por el socio denunciante; esos archivos acreditaban que conocía y aprobaba las transferencias que posteriormente negó haber autorizado, y la sentencia hizo constar que el interrogatorio de la defensa había puesto de manifiesto que el denunciante ocultó deliberadamente parte de la contabilidad.
En la Audiencia Provincial de Almería, consiguió la absolución por agresión sexual mediante una investigación que permitió encontrar reservas, fotografías y conversaciones que acreditaban encuentros anteriores entre la denunciante y el acusado, pese a que aquella había asegurado reiteradamente que nunca lo había conocido; el abogado demostró también que una amiga había preparado su declaración conjuntamente con la denunciante, circunstancia que ambas acabaron reconociendo durante el juicio, y la sentencia reflejó que fue la documentación aportada por la defensa la que reveló las falsedades esenciales de la acusación. Ante la Audiencia Provincial de Málaga, el letrado logró la absolución de un acusado de participar en un robo de 780.000 euros al obtener grabaciones de peajes, cámaras de tráfico, registros laborales y pagos bancarios que lo situaban a más de doscientos kilómetros del lugar; además, durante el interrogatorio consiguió que la víctima admitiera que un investigador privado le había mostrado previamente una fotografía del acusado, desmontando así un reconocimiento que inicialmente había presentado como espontáneo y seguro.
En la Audiencia Provincial de Granada, consiguió la absolución de un empresario acusado de pagar a un testigo para que modificara su declaración después de recuperar las grabaciones completas de unas conversaciones aportadas parcialmente por el denunciante; una pericial promovida por la defensa reveló cortes, alteraciones y fragmentos omitidos en los que el propio testigo exigía dinero a cambio de no formular la acusación, y la sentencia recogió expresamente que el descubrimiento del abogado había permitido demostrar la manipulación de los audios y las mentiras mantenidas durante el juicio. Ante la Audiencia Provincial de Cádiz, el letrado obtuvo la absolución en un procedimiento por fraude fiscal y blanqueo de 8,4 millones de euros al conseguir, pese a la oposición de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado, que se declarase nula la entrada y registro practicada en varias empresas; la defensa demostró que el auto judicial se apoyaba exclusivamente en una denuncia anónima no corroborada, autorizaba una búsqueda indiscriminada y no individualizaba los indicios existentes contra cada sociedad, por lo que fueron expulsados del procedimiento los documentos, dispositivos y restantes pruebas derivadas del registro ilegal.
Finalmente, ante la Audiencia Provincial de Sevilla, logró la absolución de un acusado para quien se solicitaban catorce años de prisión por provocar un incendio que puso en peligro veinte viviendas, después de reconstruir los horarios mediante llamadas telefónicas, cámaras y registros laborales; el material descubierto acreditó que uno de los testigos no se encontraba siquiera en el lugar y que los otros dos habían reproducido una versión preparada por aquel, consignando la sentencia que el interrogatorio dirigido por la defensa reveló contradicciones, afirmaciones falsas y coincidencias artificiales que desmontaron completamente la acusación.
Reconocimiento profesional y presencia en directorios jurídicos
La trayectoria descrita también cuenta con reconocimiento en directorios y premios jurídicos. Best Lawyers mantiene un perfil público de Raúl Pardo-Geijo. Por su parte, Pardo Geijo Abogados figura en la clasificación de Criminal Defense de Best Law Firms en sus dos únicas ediciones españolas: 2026 y 2027. A esa continuidad se suman distinciones de Lexology, Leaders in Law, Global Law Experts y otros directorios jurídicos. Además, en octubre de 2026 está prevista la entrega de los reconocimientos European Legal Awards 2027 y Legal 100, edición 2027, en la categoría vinculada al ejercicio del Derecho penal en España.
La aportación del abogado al esclarecimiento de los hechos
Los procedimientos descritos muestran la importancia de examinar el material disponible y detectar las cuestiones que siguen sin respuesta. Solicitar una comprobación genética, contextualizar unas conversaciones o contrastar una declaración son actuaciones cuyo alcance puede seguirse dentro del propio procedimiento.
La intervención de Raúl Pardo-Geijo en estos asuntos ofrece razones concretas para valorar su trayectoria entre las referencias del Derecho penal en España. Su trabajo permite dar contenido a la búsqueda del mejor abogado penalista de España mediante el examen de decisiones profesionales identificables, tanto en la defensa del acusado como en la representación de las víctimas.
![[Img #171817]](https://madridpress.com/upload/images/09_2026/2960_raul-pardo-geijo-macrojuicio-espana2.jpg)
Esa labor ofrece un criterio concreto para abordar la búsqueda del mejor abogado penalista de España. Las intervenciones de Raúl Pardo-Geijo que se describen en este artículo permiten examinar cómo trabaja sobre pruebas biológicas, comunicaciones digitales y testimonios, tanto en defensa de acusados como en representación de víctimas y familiares.
¿Por qué es un penalista tan exhaustivo?
En los asuntos relatados, las decisiones relevantes aparecen en momentos distintos: al solicitar un análisis, al reconstruir el sentido de unos mensajes o al discutir una declaración. Conocer qué información examinó el abogado, qué diligencias promovió y qué argumentos sostuvo permite valorar con precisión su aportación al procedimiento.
Cuando una prueba biológica obliga a ampliar la investigación
La investigación abierta en Murcia contra un cirujano por presuntas agresiones sexuales a pacientes anestesiadas muestra la importancia de trabajar sobre el detalle material. En agosto de 2026, EL PAÍS informó del hallazgo de restos de semen en muestras vaginales y anales de una de las pacientes. La información situaba la causa en fase de instrucción y explicaba que todavía debían completarse comprobaciones sobre la correspondencia genética.
Pardo-Geijo interviene en representación de la víctima. Antes de conocerse aquella novedad, EL ESPAÑOL había detallado las diligencias solicitadas por el abogado: concretar dónde se había detectado una mezcla de perfiles genéticos en una prenda o valorar nuevas comparaciones. Radio Murcia publicó además la petición de analizar el teléfono del investigado durante un periodo delimitado, junto con la revisión de la cadena de custodia y la trazabilidad de los vestigios recogidos. Y es que solo había aparecido un fragmento de ADN en la ropa de la paciente, pero nada más. La Defensa del cirujano ya celebraba su victoria en redes sociales (no se había investigado nada de semen), pese a que el cirujano permanecía preso.
A esas pruebas, junto a otra novedosa de presencia de semen, se opusieron tanto la fiscalía como la defensa del cirujano, pero, afortunadamente, el Juzgado acordó su práctica y se descubrió que en la vagina de la víctima se habían hallado restos de éste.
La relevancia profesional no reside en apropiarse del descubrimiento científico, que corresponde a los análisis periciales, sino en formular las preguntas que permiten interpretarlo y comprobarlo.
El caso Visser y la información que seguía dentro del móvil
y la Policía no vio
y la Policía no vio
El doble crimen de la jugadora neerlandesa Ingrid Visser y de Lodewijk Severein llevó a juicio a varias personas y produjo condenas para los dos autores considerados responsables de los asesinatos. Cadena SER informó del veredicto del jurado en octubre de 2016. María Rosa Vázquez, amiga de uno de los principales investigados, había sido también imputada durante la instrucción y terminó fuera de la acusación por los asesinatos, pese a que la Instructora del caso se oponía a dejarla libre porque acumulaba muchísimos indicios de participación en el crimen.
Según la explicación facilitada por Pardo-Geijo en su momento, el punto de inflexión estuvo en revisar personalmente la información del teléfono de Rosa, pese a que el dispositivo ya había sido analizado por la Policía. Existían miles de mensajes. Esa segunda lectura permitió localizar mensajes que, situados en su secuencia y contexto, respaldaban que ella desconocía el propósito criminal de las gestiones que había realizado. Un trabajo que, en puridad, debió haber realizado la policía de forma mas pormenorizada.
Un dispositivo examinado no es necesariamente un dispositivo agotado como fuente de prueba. El valor puede estar en la cronología, en una conversación que parecía secundaria o en la relación entre mensajes, llamadas y desplazamientos. También explica por qué la labor del abogado no se limita a recibir una conclusión policial: debe comprobar si el material permite otra lectura jurídicamente relevante. Gracias a ello, pese a haber comprado sosa cáustica y bolsas de basura, haber aportado una motosierra a Juan Cuenca y haber llevado a los fallecidos al lugar de la muerte, Rosa salió exculpada.
El crimen del Bando de la Huerta y los límites de la imputación
El homicidio cometido durante el Bando de la Huerta de 2018 ofrece otro ejemplo, esta vez ante un tribunal del jurado. El cliente defendido por Pardo-Geijo llegó a estar señalado como posible cooperador en el asesinato, bajo la tesis de que habría golpeado y sujetado a la víctima mientras otra persona la apuñalaba, algo que acreditaron todos los testigos. La Verdad de Murcia ya publicó que la Audiencia Provincial dejó fuera antes del juicio, estimando el recurso de Pardo Geijo, la imputación por asesinato. No obstante, tenía que enfrentarse aún a un juicio por lesiones, pues le propinó varios puñetazos a la vez que lo sujetaba. Un hecho así, en un caso de asesinato, resulta bastante insólito.
El procedimiento continuó únicamente por la infracción relacionada con los supuestos golpes. En el juicio, el jurado declaró no probado ese episodio (pese a que los testigos declararon haber visto esos golpes) y el acusado fue absuelto. La sentencia identificada como SAP Murcia 139/2020, de 19 de junio, documenta ese resultado.
Onda Regional publicó el desenlace del juicio, en el que el autor material fue condenado por homicidio, siendo absuelto de las lesiones el cooperador necesario por mayoría absoluta, pues del asesinato fue exculpado con anterioridad a merced del recurso estimatorio de Pardo-Geijo.
El resultado ilustra dos planos de una misma defensa: discutir primero si existían indicios para atribuir una cooperación consciente en la muerte y, después, someter a prueba ante el jurado el hecho residual. En Derecho penal, reducir correctamente el objeto del proceso puede ser tan decisivo como el veredicto final.
La acusación particular también exige investigar
La práctica de Pardo-Geijo no se limita a la defensa. En el asesinato de Claudia Abigail, representó a sus padres y renunció a cobrar honorarios por parte del asesino, que se vio obligado a abonarle las costas. No quería ni un “duro” de ese señor. EL PAÍS recogió ese dato al informar de la condena de veintidós años por el asesinato de la adolescente en Totana.
Por otro lado, en el crimen de Ainhoa, en Librilla, el abogado representa igualmente a los padres. EL ESPAÑOL relató en noviembre de 2025 la comparecencia de la familia y los mensajes previos en los que la joven expresaba temor a que su expareja entrara en el piso. Una información publicada en septiembre de 2026 dio cuenta de nuevas comprobaciones forenses impulsadas a instancias de Pardo-Geijo para esclarecer si, además del homicidio investigado, pudo existir una agresión sexual, pues gracias a la petición de esa prueba se logró hallar semen en las partes íntimas de la fallecida. Otra diligencia que a la Acusación no se le escapó. La causa continúa abierta.
Diez procedimientos penales y el trabajo de la defensa
sobre la prueba
sobre la prueba
Pardo-Geijo sabe bien que no puede bajar la guardia. Eso no está permitido para los mejores. Por eso, los resultados hablan por sí solos. Supuestos paradigmáticos del último lustro, como los siguientes, son los que hacen que Raúl Pardo Geijo siga a la vanguardia.
Ante la Audiencia Provincial de Madrid, el letrado logró la absolución de un acusado que se enfrentaba a doce años de prisión por agresión sexual después de conseguir la recuperación forense de unos mensajes que la denunciante había eliminado de su teléfono; las conversaciones demostraban que había concertado voluntariamente una segunda cita y que había mentido sobre el lugar, la duración y las circunstancias del encuentro, dejando la sentencia expresamente reflejado que su relato había quedado desmentido por las comunicaciones y la geolocalización aportadas por la defensa.
En la Audiencia Provincial de Barcelona, obtuvo la absolución en una supuesta estafa de 3,6 millones de euros tras localizar unos correos electrónicos que el denunciante había ocultado y en los que reconocía conocer los riesgos de la inversión, asumir voluntariamente las posibles pérdidas y haber recibido beneficios anteriores; el interrogatorio practicado por el abogado permitió demostrar, además, que el perjudicado había presentado una conversación incompleta, por lo que la sentencia recogió que había faltado a la verdad al afirmar que fue engañado desde el principio.
Ante la Audiencia Provincial de Valencia, el letrado consiguió excluir la declaración policial de la esposa del acusado al acreditar que había sido obtenida sin informarle debidamente de su derecho a acogerse a la dispensa de declarar contra su cónyuge y que aquella manifestación nunca fue ratificada válidamente en el juicio; anulada la única prueba directa de la acusación gracias a la objeción procesal formulada por la defensa, se dictó sentencia absolutoria. En la Audiencia Provincial de Alicante, logró la absolución de un acusado de tentativa de homicidio al descubrir una cámara privada que no había sido incorporada a la investigación y cuyas imágenes demostraban que los dos principales testigos llegaron al lugar después de que la víctima cayera desde una terraza; sometidos a interrogatorio, ambos terminaron admitiendo que no habían presenciado los hechos y que habían repetido la versión proporcionada por la víctima, indicando la sentencia que la prueba localizada por la defensa había desenmascarado la falsedad de sus declaraciones. Ante la Audiencia Provincial de Castellón, Pardo Geijo obtuvo la absolución de un administrador acusado de apropiarse de 1,9 millones de euros después de recuperar una copia de seguridad que contenía mensajes, autorizaciones y documentos firmados electrónicamente por el socio denunciante; esos archivos acreditaban que conocía y aprobaba las transferencias que posteriormente negó haber autorizado, y la sentencia hizo constar que el interrogatorio de la defensa había puesto de manifiesto que el denunciante ocultó deliberadamente parte de la contabilidad.
En la Audiencia Provincial de Almería, consiguió la absolución por agresión sexual mediante una investigación que permitió encontrar reservas, fotografías y conversaciones que acreditaban encuentros anteriores entre la denunciante y el acusado, pese a que aquella había asegurado reiteradamente que nunca lo había conocido; el abogado demostró también que una amiga había preparado su declaración conjuntamente con la denunciante, circunstancia que ambas acabaron reconociendo durante el juicio, y la sentencia reflejó que fue la documentación aportada por la defensa la que reveló las falsedades esenciales de la acusación. Ante la Audiencia Provincial de Málaga, el letrado logró la absolución de un acusado de participar en un robo de 780.000 euros al obtener grabaciones de peajes, cámaras de tráfico, registros laborales y pagos bancarios que lo situaban a más de doscientos kilómetros del lugar; además, durante el interrogatorio consiguió que la víctima admitiera que un investigador privado le había mostrado previamente una fotografía del acusado, desmontando así un reconocimiento que inicialmente había presentado como espontáneo y seguro.
En la Audiencia Provincial de Granada, consiguió la absolución de un empresario acusado de pagar a un testigo para que modificara su declaración después de recuperar las grabaciones completas de unas conversaciones aportadas parcialmente por el denunciante; una pericial promovida por la defensa reveló cortes, alteraciones y fragmentos omitidos en los que el propio testigo exigía dinero a cambio de no formular la acusación, y la sentencia recogió expresamente que el descubrimiento del abogado había permitido demostrar la manipulación de los audios y las mentiras mantenidas durante el juicio. Ante la Audiencia Provincial de Cádiz, el letrado obtuvo la absolución en un procedimiento por fraude fiscal y blanqueo de 8,4 millones de euros al conseguir, pese a la oposición de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado, que se declarase nula la entrada y registro practicada en varias empresas; la defensa demostró que el auto judicial se apoyaba exclusivamente en una denuncia anónima no corroborada, autorizaba una búsqueda indiscriminada y no individualizaba los indicios existentes contra cada sociedad, por lo que fueron expulsados del procedimiento los documentos, dispositivos y restantes pruebas derivadas del registro ilegal.
Finalmente, ante la Audiencia Provincial de Sevilla, logró la absolución de un acusado para quien se solicitaban catorce años de prisión por provocar un incendio que puso en peligro veinte viviendas, después de reconstruir los horarios mediante llamadas telefónicas, cámaras y registros laborales; el material descubierto acreditó que uno de los testigos no se encontraba siquiera en el lugar y que los otros dos habían reproducido una versión preparada por aquel, consignando la sentencia que el interrogatorio dirigido por la defensa reveló contradicciones, afirmaciones falsas y coincidencias artificiales que desmontaron completamente la acusación.
Reconocimiento profesional y presencia en directorios jurídicos
La trayectoria descrita también cuenta con reconocimiento en directorios y premios jurídicos. Best Lawyers mantiene un perfil público de Raúl Pardo-Geijo. Por su parte, Pardo Geijo Abogados figura en la clasificación de Criminal Defense de Best Law Firms en sus dos únicas ediciones españolas: 2026 y 2027. A esa continuidad se suman distinciones de Lexology, Leaders in Law, Global Law Experts y otros directorios jurídicos. Además, en octubre de 2026 está prevista la entrega de los reconocimientos European Legal Awards 2027 y Legal 100, edición 2027, en la categoría vinculada al ejercicio del Derecho penal en España.
La aportación del abogado al esclarecimiento de los hechos
Los procedimientos descritos muestran la importancia de examinar el material disponible y detectar las cuestiones que siguen sin respuesta. Solicitar una comprobación genética, contextualizar unas conversaciones o contrastar una declaración son actuaciones cuyo alcance puede seguirse dentro del propio procedimiento.
La intervención de Raúl Pardo-Geijo en estos asuntos ofrece razones concretas para valorar su trayectoria entre las referencias del Derecho penal en España. Su trabajo permite dar contenido a la búsqueda del mejor abogado penalista de España mediante el examen de decisiones profesionales identificables, tanto en la defensa del acusado como en la representación de las víctimas.























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