Así lo ha expresado Peinado en un escrito, en el que "se reafirma y reitera" en el auto por el que envió a juicio con jurado popular a Gómez por cuatro presuntos delitos y le impuso otras dos medidas cautelares más: prohibición de salir de España y firmas quincenales en sede judicial.
El juez responde así después de que la defensa de Gómez presentara ante la Audiencia Provincial Madrid un recurso de queja para que anule las medidas cautelares acordadas sobre ella y su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, también acusada de los mismos presuntos delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos.
"No sería la primera ocasión en la que un presidente del Gobierno de un Estado miembro de la Unión Europea, de un país mediterráneo (Italia), se fuga ante un procedimiento de una trama de corrupción a un país del continente africano (Túnez), quien sin duda dispondría de toda la escolta oportuna", asegura en su escrito el juez, en posible alusión al ex primer ministro socialista italiano Bettino Craxi, que se marchó a ese país años después de dejar el cargo.
Peinado también se refiere a las críticas de la defensa de Gómez por sugerir en aquel auto que policías podrían favorecer que eludiera la justicia si recibían esa orden, negando que sus palabras fueran una ofensa.
"En modo alguno se ha tratado de ofender o menospreciar la labor de esos funcionarios, con quien ha venido compartiendo muchos años de actividad profesional, generalmente, y casi en su totalidad, de forma ejemplar", indica.
A ello añade que "conoce la labor" de la Policía, que "careciendo de los medios idóneos para llevar a cabo su trabajo lo realizan de forma abnegada, no poniendo en duda su profesionalidad ejemplar".
"Pero lo que se trata con el contenido de lo expresado en el auto, es que ante la situación de la acusada recurrente, similar a la de todos los ciudadanos que tiene sobre ellos el estigma de una posible pena privativa de libertad, el repertorio de las resoluciones de todos los órganos de la jurisdicción penal es la adopción de este tipo de medidas cautelares, incluso en algunos casos, con la posible pena menos grave, la de prisión preventiva", argumenta.
Según Peinado, "si en el colectivo de los miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado no existiera la posibilidad de que haya de elementos individuales que no cumplen adecuadamente con sus obligaciones, carecería de sentido la existencia de la Unidad de Asuntos Internos, creada precisamente por este motivo, y cuya existencia permanece y no se contempla su disolución".
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