El Ministerio Fiscal considera que estos hechos son constitutivos de un delito de coacciones, con la circunstancia agravante de prevalerse de su cargo público. Solicita una pena de dos años de prisión, la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de las costas procesales.
Según el fiscal, los hechos se remontan a enero de 2020, cuando la empresa Altamira Santander, propietaria desde 2019 de la citada finca, procedió al cierre de varios caminos que, según los ayuntamientos implicados, debían permanecer abiertos al uso vecinal. El 20 de enero de ese año se celebró una reunión entre los alcaldes de ambos municipios y representantes de la empresa con el objetivo de aclarar la situación de dichos caminos, sin que se alcanzara acuerdo alguno.
Al día siguiente, el 21 de enero de 2020, y tras no lograrse una solución consensuada, el entonces alcalde de Navas del Rey habría ordenado verbalmente a operarios municipales la retirada de las puertas que impedían el acceso a la finca.
De acuerdo con la Fiscalía, el acusado se desplazó al lugar con diversos vehículos municipales, entre ellos un camión pluma y maquinaria pesada, y ordenó desmontar una de las puertas y trasladarla al almacén municipal, todo ello sin el consentimiento de la propiedad y sin existir resolución judicial o administrativa que amparase dicha actuación.
Juan Francisco | Lunes, 26 de Enero de 2026 a las 17:15:35 horas
Unicamente con los datos publicados, la petición del fiscal es totalmente injustificada. Los caminos son de dominio público y por tanto no puede cerrase el paso a los mismos. El alcalde mandó retirar las puertas que no quiso retirar la empresa que las había instalado cortando un camino público. Es decir, hizo lo que la ley le obliga a hacer.
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