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Martes, 09 de Diciembre de 2025
El exasesor de Ábalos se muestra dispuesto a pagar fianza
Koldo recurre su ingreso en prisión y defiende que sus ingresos avalan su aumento patrimonial
El exasesor ministerial Koldo García ha pedido al Tribunal Supremo (TS) que revoque su entrada en prisión provisional y lo deje en libertad, ofreciéndose a pagar una fianza para poder salir de la cárcel. Asimismo, defiende que su incremento patrimonial está "justificado" por sus ingresos.
Así lo hace en un recurso de apelación, al que ha tenido acceso Europa Press, después de que el magistrado instructor del 'caso Koldo' en el Supremo, Leopoldo Puente, decretara prisión provisional sin fianza para él el pasado 27 de noviembre.
La defensa de Koldo pide que se declare la nulidad de esa medida y también del procesamiento por las presuntas irregularidades en los contratos de mascarillas del Ministerio de Transportes durante la pandemia, al apreciar "falta de fijación previa de competencia" en el Supremo.
"Tanto la investigación de PCRs como de test covid, que se investigan en la Audiencia Nacional y en la que resultan involucrados tanto mi defendido como Ábalos, deberían estar siendo investigados en el Supremo en base a que es quien tiene el suplicatorio para investigar estos hechos", indica, en alusión al aforamiento del exministro, que sigue siendo diputado en el Congreso.
García argumenta para que el Supremo asuma "toda la causa" que en las pesquisas de la Audiencia Nacional también se identifica a "otras personas de alto rango político relacionadas indiciariamente con estos hechos" y apunta a Francina Armengol, presidenta del Congreso y expresidenta de Baleares, que pudo "haber participado en favorecer contrataciones públicas (incluyendo las relativas a las pruebas de detección) con la empresa Megalab Eurofins, gracias a las influencias de Koldo".
A su juicio, el procesamiento dio pie a "escritos exagerados" de las acusaciones --Anticorrupción y las populares que lidera el PP-- en los que "se contienen solicitudes de años desorbitados de prisión, que son la justificación que se emplea en el auto recurrido para decir que procede la prisión provisional en base al inexistente riesgo de fuga".
Cabe recordar que el magistrado acordó enviar al exministro José Luis Ábalos y al que fuera su asesor a prisión provisional sin fianza por riesgo "extremo" de fuga de ambos ante la proximidad del juicio que se celebrará en su contra, por presuntos amaños en los contratos públicos para la compra de material sanitario, y la elevada petición de penas: hasta 30 años de cárcel.
Koldo reclama quedar en libertad "con las medidas cautelares personales de comparecencias quincenales y prohibición de salir de España con entrega de pasaporte", las mismas que tenía antes de entrar en la cárcel de Soto del Real (Madrid).
En el caso de que la Sala de lo Penal no estime su petición, propone "alternativamente" que se acuerde su libertad provisional bajo fianza, "cuya cuantía se determine por el tribunal, manteniendo las medidas cautelares subsidiarias mencionadas en el punto anterior".
La defensa sostiene que "al probarse que el incremento patrimonial real es tres veces menor y se encuentra justificado por los ingresos legítimos, el principal indicio material de la desproporcionalidad económica (que fundamenta la malversación y el blanqueo) se desvanece de forma crítica".
"Ello reduce la intensidad con la que se debe valorar el riesgo de fuga. La prisión provisional, en estas circunstancias, es insostenible por el principio de proporcionalidad", alega.
Y se queja de que el auto de prisión provisional "asume las conclusiones de la acusación sin verificar la solidez de los elementos incriminatorios ni la justificación del riesgo extremo".
ARRAIGO FAMILIAR: CUIDAR A SU MADRE DE 86 AÑOS Y UNA HIJA MENOR
La defensa de Koldo descarta que pueda obstaculizar la investigación, dado que "las fuentes de prueba ya han sido recabadas y formalizadas", así como que pueda reincidir, puesto que "los hechos imputados están circunscritos a un contexto temporal y funcional específico (su posición como asesor de un aforado), del que ya se encuentra apartado por lo que la reiteración sería de todo punto imposible".
A ello añade que el magistrado alude a "una supuesta ingente cantidad de dinero no encontrada sin sustento probatorio y silenciando el reembolso de gastos de la Secretaría de Organización del PSOE" de 127.000 euros "en los años analizados".
"Corroborado por dos testigos que por separado afirmaron que mi mandante era el responsable del manejo de ese efectivo procedente del PSOE, y por tanto de origen legal para él, lo que explicaría la procedencia del dinero utilizado por mi mandante", expone.
Igualmente, hace referencia a que la afirmación del tercer procesado, el presunto conseguidor Víctor de Aldama, de que entregaba 10.000 euros mensuales a Koldo, no tienen "corroboración patrimonial alguna ni ninguna otra prueba más allá de su simple declaración".
García también recuerda que adelantaba gastos al exministro que "eran reembolsados posteriormente por transferencia bancaria o en persona, método de compensación a través de sobres (utilizando tres sobres para diferenciar los gastos del Ministerio, del partido y los personales de Ábalos)".
Y señala que "ha quedado acreditado" que el "esfuerzo económico real" de Koldo y su expareja Patricia Uriz, investigada en la Audiencia Nacional, "que sí ha sido justificado con ingresos y ahorros lícitos, se redujo a 98.421 euros", siendo "el único capital propio que debe ser objeto de justificación de origen, quedando el resto cubierto por la deuda legalmente contraída".
Además, subraya el "fuerte arraigo personal y familiar, injustamente desestimado", apuntando que vive "con su hija menor de cinco años y atiende a su madre viuda de 86, impedida y necesitada de cuidados básicos para poder desenvolverse en el día a día", lo que supone "un contrapeso" para "la valoración del riesgo de fuga".
Koldo reivindica que "ha cumplido todas las exigencias (presentaciones, retirada del pasaporte y prohibición de salida de España) desde que fue llamado al proceso, sin variación de sus circunstancias personales que justifique el cambio a prisión", rechazando que pueda huir a países como "México, Venezuela, Colombia y Georgia, con los que España posee tratados de extradición".
![[Img #166414]](https://madridpress.com/upload/images/12_2025/537_koldo.jpg)
Así lo hace en un recurso de apelación, al que ha tenido acceso Europa Press, después de que el magistrado instructor del 'caso Koldo' en el Supremo, Leopoldo Puente, decretara prisión provisional sin fianza para él el pasado 27 de noviembre.
La defensa de Koldo pide que se declare la nulidad de esa medida y también del procesamiento por las presuntas irregularidades en los contratos de mascarillas del Ministerio de Transportes durante la pandemia, al apreciar "falta de fijación previa de competencia" en el Supremo.
"Tanto la investigación de PCRs como de test covid, que se investigan en la Audiencia Nacional y en la que resultan involucrados tanto mi defendido como Ábalos, deberían estar siendo investigados en el Supremo en base a que es quien tiene el suplicatorio para investigar estos hechos", indica, en alusión al aforamiento del exministro, que sigue siendo diputado en el Congreso.
García argumenta para que el Supremo asuma "toda la causa" que en las pesquisas de la Audiencia Nacional también se identifica a "otras personas de alto rango político relacionadas indiciariamente con estos hechos" y apunta a Francina Armengol, presidenta del Congreso y expresidenta de Baleares, que pudo "haber participado en favorecer contrataciones públicas (incluyendo las relativas a las pruebas de detección) con la empresa Megalab Eurofins, gracias a las influencias de Koldo".
A su juicio, el procesamiento dio pie a "escritos exagerados" de las acusaciones --Anticorrupción y las populares que lidera el PP-- en los que "se contienen solicitudes de años desorbitados de prisión, que son la justificación que se emplea en el auto recurrido para decir que procede la prisión provisional en base al inexistente riesgo de fuga".
Cabe recordar que el magistrado acordó enviar al exministro José Luis Ábalos y al que fuera su asesor a prisión provisional sin fianza por riesgo "extremo" de fuga de ambos ante la proximidad del juicio que se celebrará en su contra, por presuntos amaños en los contratos públicos para la compra de material sanitario, y la elevada petición de penas: hasta 30 años de cárcel.
Koldo reclama quedar en libertad "con las medidas cautelares personales de comparecencias quincenales y prohibición de salir de España con entrega de pasaporte", las mismas que tenía antes de entrar en la cárcel de Soto del Real (Madrid).
En el caso de que la Sala de lo Penal no estime su petición, propone "alternativamente" que se acuerde su libertad provisional bajo fianza, "cuya cuantía se determine por el tribunal, manteniendo las medidas cautelares subsidiarias mencionadas en el punto anterior".
La defensa sostiene que "al probarse que el incremento patrimonial real es tres veces menor y se encuentra justificado por los ingresos legítimos, el principal indicio material de la desproporcionalidad económica (que fundamenta la malversación y el blanqueo) se desvanece de forma crítica".
"Ello reduce la intensidad con la que se debe valorar el riesgo de fuga. La prisión provisional, en estas circunstancias, es insostenible por el principio de proporcionalidad", alega.
Y se queja de que el auto de prisión provisional "asume las conclusiones de la acusación sin verificar la solidez de los elementos incriminatorios ni la justificación del riesgo extremo".
ARRAIGO FAMILIAR: CUIDAR A SU MADRE DE 86 AÑOS Y UNA HIJA MENOR
La defensa de Koldo descarta que pueda obstaculizar la investigación, dado que "las fuentes de prueba ya han sido recabadas y formalizadas", así como que pueda reincidir, puesto que "los hechos imputados están circunscritos a un contexto temporal y funcional específico (su posición como asesor de un aforado), del que ya se encuentra apartado por lo que la reiteración sería de todo punto imposible".
A ello añade que el magistrado alude a "una supuesta ingente cantidad de dinero no encontrada sin sustento probatorio y silenciando el reembolso de gastos de la Secretaría de Organización del PSOE" de 127.000 euros "en los años analizados".
"Corroborado por dos testigos que por separado afirmaron que mi mandante era el responsable del manejo de ese efectivo procedente del PSOE, y por tanto de origen legal para él, lo que explicaría la procedencia del dinero utilizado por mi mandante", expone.
Igualmente, hace referencia a que la afirmación del tercer procesado, el presunto conseguidor Víctor de Aldama, de que entregaba 10.000 euros mensuales a Koldo, no tienen "corroboración patrimonial alguna ni ninguna otra prueba más allá de su simple declaración".
García también recuerda que adelantaba gastos al exministro que "eran reembolsados posteriormente por transferencia bancaria o en persona, método de compensación a través de sobres (utilizando tres sobres para diferenciar los gastos del Ministerio, del partido y los personales de Ábalos)".
Y señala que "ha quedado acreditado" que el "esfuerzo económico real" de Koldo y su expareja Patricia Uriz, investigada en la Audiencia Nacional, "que sí ha sido justificado con ingresos y ahorros lícitos, se redujo a 98.421 euros", siendo "el único capital propio que debe ser objeto de justificación de origen, quedando el resto cubierto por la deuda legalmente contraída".
Además, subraya el "fuerte arraigo personal y familiar, injustamente desestimado", apuntando que vive "con su hija menor de cinco años y atiende a su madre viuda de 86, impedida y necesitada de cuidados básicos para poder desenvolverse en el día a día", lo que supone "un contrapeso" para "la valoración del riesgo de fuga".
Koldo reivindica que "ha cumplido todas las exigencias (presentaciones, retirada del pasaporte y prohibición de salida de España) desde que fue llamado al proceso, sin variación de sus circunstancias personales que justifique el cambio a prisión", rechazando que pueda huir a países como "México, Venezuela, Colombia y Georgia, con los que España posee tratados de extradición".























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