Sábado, 01 de Noviembre de 2025

Actualizada Viernes, 31 de Octubre de 2025 a las 18:46:41 horas

..
Viernes, 31 de Octubre de 2025
El juez Puente insta a la Audiencia Nacional a investigar

El Supremo cree que pudo haber blanqueo en los pagos del PSOE en metálico a Ábalos y Koldo

Dice que la falta de control por el partido pudo favorecer que limpiaran dinero de sus presuntas actividades delictivas

El magistrado del Tribunal Supremo a cargo del 'caso Koldo' ha instado a la Audiencia Nacional a que investigue los pagos en metálico que realizó el PSOE en favor del exministro José Luis Ábalos y el exasesor Koldo García al considerar que pudo haberse cometido un presunto blanqueo de capitales a través de las liquidaciones de gastos y que ni el partido, ni los investigados, ni los trabajadores de la formación que declararon como testigos han esclarecido este asunto.

[Img #165704]
 
En un auto dictado el viernes, el instructor Leopoldo Puente explica que la actividad del PSOE, "sea finalmente una u otra la calificación jurídica que merezca" no está "inescindiblemente vinculada" al objeto de la investigación que dirige, es decir, la existencia de una presunta trama --integrada por Ábalos, Koldo y el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán-- dedicada al cobro de comisiones a cambio de adjudicaciones públicas.
 
Por ello, considera que no es su deber investigar los pagos en metálico realizados por el PSOE y exhorta al titular del Juzgado Central de Instrucción Número 2 de la AN, Ismael Moreno, que ya indaga parte del 'caso Koldo', a que investigue también si Ábalos y su exasesor pudieron llegar a blanquear dinero a través de las liquidaciones de gastos del partido.
 
Puente insiste en que en el PSOE no se comprobaba, antes de hacer los pagos en metálico, si al menos la persona que reclamaba la devolución de los gastos era efectivamente quien conforme a los tickets o facturas aportadas los había realizado. Para el magistrado, esta falta de control podría haber permitido que se presentaran tickets por servicios que, en realidad, pudieran haber sido abonados por un familiar o por un amigo.
 
A su vez, recalca que tampoco se verificaba si los pagos realizados por quien obtenía la devolución habían sido realizados por dicha persona en metálico o por intermediación bancaria.
 
El magistrado estima que todos estos datos serían útiles para comprobar que no fuera posible que, "una vez adelantado el dinero por éstos para satisfacer esos gastos eventualmente con fondos procedentes de una actividad ilícita --o, incluso delictiva--, no se estuviera, al compensarles dichos gastos, blanqueando su procedencia"; sobre todo cuando al parecer "una persona podía encargarse de gestionar la liquidación de gastos efectuados no por él sino por terceros".
 
SIN EXPLICACIÓN "EXCLUYENTE" DE LA "POSIBLE RESPONSABILIDAD" DEL PSOE
 
Así las cosas, envía a Moreno el informe de la Guardia Civil y la información facilitada por el PSOE sobre dichos pagos en efectivo, así como las declaraciones del exgerente del partido y de una trabajadora de Ferraz sobre este asunto, y la declaración como testigo de Carmen Pano, la empresaria que dijo haber entregado 90.000 euros en efectivo en la sede del partido.
 
Puente recuerda que ese informe reflejaba la existencia de ciertas comunicaciones relativas a posibles pagos en metálico de determinadas cantidades por parte del PSOE en favor de Ábalos y Koldo que no constarían, ni por sus fechas ni por sus importes, en la información facilitada por el partido en la causa.
 
Asimismo, incide en que ni Ábalos ni Koldo ofrecieron al respecto ninguna clase de información en sus comparecencias en el Supremo, en las que se acogieron a su derecho constitucional a no declarar.
 
El instructor explica que, precisamente, citó al exgerente Mariano Moreno y a una empleada del PSOE, Celia Rodríguez, "al efecto de que pudieran ofrecer una satisfactoria explicación al respecto, excluyente, si ese fuera el caso, de cualquier posible responsabilidad en la que dicho partido político pudiera haber incurrido", pero que no lo hicieron.
 
POR QUÉ SE PAGABA EN METÁLICO
 
Según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, ambos testigos declararon que los pagos de gastos que correspondían a la Secretaría de Organización se hacían sin mayores comprobaciones respecto a los tickets aportados y que Koldo García era el encargado de centralizar dichos pagos.
 
Puente detalla que, tras las testificales de los citados responsables del PSOE, no quedaron "suficientemente explicadas las razones que aconsejaban que las compensaciones económicas, solicitadas a título personal por los miembros de la Secretaría de Organización o de forma colectiva para un indeterminado conjunto de personas pertenecientes o vinculadas a ese equipo, se efectuaran en metálico".
 
En este punto, exhorta también a indagar "en qué momento se inició este procedimiento, si es que no siempre había venido siendo así, y en qué momento cesó definitivamente, si cesó".
 
"Si la mayor parte del dinero que se mantenía en caja tenía por objeto (...) compensar los gastos anticipados por personas pertenecientes al partido (en particular los miembros de la Secretaría de Organización) y que recibían, lógicamente, de éste ciertos emolumentos por conducto bancario, no se comprende con facilidad que resultara necesario contratar, al menos para esos casos, una empresa de seguridad con el propósito de trasladar desde la cuenta de funcionamiento a la caja del partido importantes cantidades de dinero para entregarlas después en metálico a la persona que ellos designaran", señala el juez.
 
En este sentido, sostiene que sería más cómodo y evitaría gastos adicionales "realizar las compensaciones que resultaran procedentes a través de las correspondientes trasferencias".
 
DE DÓNDE VIENE EL EFECTIVO
 
Puente dice que tampoco quedó "suficientemente explicado" por el exgerente y la trabajadora del PSOE "el origen de las cantidades en metálico de las que el partido político dispondría en su propia sede para hacer frente con ella a las compensaciones de gastos que, también en metálico, satisfacían a Ábalos y García y a otros posibles beneficiarios", "más allá de remitirse nuevamente a lo que pudiera reflejarse en la contabilidad del partido".
 
El magistrado recoge que el exgerente contó que "la caja se nutría de periódicas remesas que se reclamaban al banco procedentes de la cuenta de funcionamiento del partido".
 
Pero destaca que "dicha cuenta de funcionamiento se nutría --conforme explicó Moreno-- de las subvenciones obtenidas por el partido como consecuencia de su representatividad, de las cuotas de los afiliados y también, finalmente, de cantidades procedentes de la cuenta de donaciones, tras resultar ésta supervisada por el Tribunal de Cuentas, añadiendo que dichas donaciones se efectuaban, generalmente, por conducto bancario; pero también, en ocasiones, en metálico".
 
Para el instructor, "nada esclarece, en consecuencia, definitivamente al respecto la documentación aportada por el PSOE expresiva de que, en efecto, con cierta periodicidad los fondos contabilizados en caja procedían de su cuenta bancaria", razonando que "es claro que, de haber existido pagos en metálico distintos de los efectivamente contabilizados, tampoco podrían estarlo los ingresos con los que aquéllos se nutrían".
 
Puente ve preciso esclarecer quién era la persona y cuál el procedimiento de las compensaciones en metálico de facturas presentadas; la no comprobación de que la persona que reclamaba devolución de gastos era --conforme a los tickets o facturas aportadas-- quien los había realizado; o la no explicación suficiente del origen de las cantidades en metálico de las que el partido político disponía en su propia sede para hacer frente a las compensaciones de gastos.
 
Por todo ello, considera que "todas estas incógnitas deben ser despejadas, tras practicarse la investigación correspondiente, en la medida en que pudieran denotar la eventual existencia de conductas o actividades irregulares, e incluso potencialmente delictivas", tarea que encomienda a la Audiencia Nacional.
Comentarios Comentar esta noticia
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.161

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.