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Jueves, 09 de Octubre de 2025
"No es el Estado", es "un acusado"
El novio de Ayuso pide al Supremo que mantenga la fianza de 300.000 euros al fiscal general
Alberto González Amador, el novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ha solicitado al Tribunal Supremo (TS) que rechace el recurso de apelación presentado por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y le mantenga la fianza, alegando que no se puede beneficiar de la exención legal aplicable a determinados cargos porque "no es el Estado" sino "un acusado".
En el escrito, González Amador se opone a la petición de García Ortiz para que la Sala de Apelación corrija al instructor, Ángel Hurtado, y le exima de fianza al considerar que se le debe aplicar la exención contemplada en el artículo 12 de la Ley de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
Sin embargo, el empresario sostiene que "no resulta aplicable" en este caso porque "no es ni Estado, ni entidad pública empresarial, ni organismo público, ni un órgano constitucional, sino un acusado persona física".
Además, razona que tampoco cabe exigir responsabilidades civiles a la Fiscalía General del Estado porque "carece de capacidad de delinquir", así como de "personalidad jurídica propia, de presupuesto y de activos propios y, por lo mismo, de solvencia alguna: dependiendo del Ministerio de Justicia y de sus presupuestos".
El escrito también aprovecha para explicar que González Amador no ha reclamado responsabilidad civil subsidiaria del Estado, es decir, para el caso de que el fiscal general no la cubriera, "bajo la convicción de que el conjunto de los españoles no debemos responder patrimonialmente de ninguna forma (...) de las actuaciones delictivas protagonizadas por García Ortiz".
El empresario ratifica su petición de indemnización --300.000 euros por perjuicios y daños morales--, reiterando que "los efectos de esa conducta delictiva no terminaron los días 13 y 14 de marzo de 2024", cuando se habría producido la filtración de la que se acusa a García Ortiz contra González Amador, sino que han continuado posteriormente, incluso hasta la actualidad.
Y ello es así, según expone, porque "formaba parte de la política de comunicación del Gobierno por ser la pareja de una rival política". "Búsqueda de relato", apostilla.
"IMPOSIBLE CUALQUIER PROCESO JUSTO"
Como consecuencia de todo esto, dice que resulta "imposible cualquier proceso justo" en su contra, aludiendo así a la causa por presuntos delitos fiscales por la que González Amador será juzgado.
"No se trata sólo del juez de enjuiciamiento, sino que cualquier juez, fiscal, abogado, médico, ingeniero, empresario o estudiante universitario (...) ha sido espectador de la eliminación en canal y definitiva de la confidencialidad de las conversaciones en las que se ponían de manifiesto las posiciones de defensa", argumenta.
"Y todo ello de forma irremediable e irreversible y con una intensidad jamás vista en nuestro sistema judicial, proporcional a la intensidad, tipicidad y relevancia de los hechos que nos ocupan", añade.
Así, habla no solo de "padecimientos" personales y en su entorno familiar, sino de "padecimientos profesionales y empresariales" que detalla que "han alcanzado a la pérdida de contratos y la pérdida de capacidad de generación de nuevos negocios, por haberse transmitido de forma constante desde el momento de los hechos delictivos hasta hoy que 'ciertamente se han cometido dos delitos fiscales' en el curso de la actividad empresarial".
Cabe recordar que García Ortiz será juzgado el próximo noviembre por el Tribunal Supremo por un presunto delito de revelación de secretos contra González Amador por la presunta filtración a la 'Cadena SER' la noche del 13 de marzo de 2024 de un 'email' enviado por la defensa del empresario a Fiscalía donde se ofrecía a reconocer los delitos fiscales a cambio de llegar a un acuerdo. Por estos hechos, García Ortiz podría ser condenado a hasta 6 años de cárcel y 12 inhabilitación.
En un principio, el magistrado instructor fijó la fianza en 150.000 euros y García Ortiz la cubrió con su patrimonio, al no disponer de esa cantidad de dinero en efectivo, pero después Hurtado corrigió y la bajó a 75.000 euros tras darse cuenta de que la doctrina constitucional le impedía incluir en la fianza la eventual multa a la que pudiera ser condenado el fiscal general porque supondría anticipar el fallo.
![[Img #165277]](https://madridpress.com/upload/images/10_2025/8897_amador.jpg)
En el escrito, González Amador se opone a la petición de García Ortiz para que la Sala de Apelación corrija al instructor, Ángel Hurtado, y le exima de fianza al considerar que se le debe aplicar la exención contemplada en el artículo 12 de la Ley de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
Sin embargo, el empresario sostiene que "no resulta aplicable" en este caso porque "no es ni Estado, ni entidad pública empresarial, ni organismo público, ni un órgano constitucional, sino un acusado persona física".
Además, razona que tampoco cabe exigir responsabilidades civiles a la Fiscalía General del Estado porque "carece de capacidad de delinquir", así como de "personalidad jurídica propia, de presupuesto y de activos propios y, por lo mismo, de solvencia alguna: dependiendo del Ministerio de Justicia y de sus presupuestos".
El escrito también aprovecha para explicar que González Amador no ha reclamado responsabilidad civil subsidiaria del Estado, es decir, para el caso de que el fiscal general no la cubriera, "bajo la convicción de que el conjunto de los españoles no debemos responder patrimonialmente de ninguna forma (...) de las actuaciones delictivas protagonizadas por García Ortiz".
El empresario ratifica su petición de indemnización --300.000 euros por perjuicios y daños morales--, reiterando que "los efectos de esa conducta delictiva no terminaron los días 13 y 14 de marzo de 2024", cuando se habría producido la filtración de la que se acusa a García Ortiz contra González Amador, sino que han continuado posteriormente, incluso hasta la actualidad.
Y ello es así, según expone, porque "formaba parte de la política de comunicación del Gobierno por ser la pareja de una rival política". "Búsqueda de relato", apostilla.
"IMPOSIBLE CUALQUIER PROCESO JUSTO"
Como consecuencia de todo esto, dice que resulta "imposible cualquier proceso justo" en su contra, aludiendo así a la causa por presuntos delitos fiscales por la que González Amador será juzgado.
"No se trata sólo del juez de enjuiciamiento, sino que cualquier juez, fiscal, abogado, médico, ingeniero, empresario o estudiante universitario (...) ha sido espectador de la eliminación en canal y definitiva de la confidencialidad de las conversaciones en las que se ponían de manifiesto las posiciones de defensa", argumenta.
"Y todo ello de forma irremediable e irreversible y con una intensidad jamás vista en nuestro sistema judicial, proporcional a la intensidad, tipicidad y relevancia de los hechos que nos ocupan", añade.
Así, habla no solo de "padecimientos" personales y en su entorno familiar, sino de "padecimientos profesionales y empresariales" que detalla que "han alcanzado a la pérdida de contratos y la pérdida de capacidad de generación de nuevos negocios, por haberse transmitido de forma constante desde el momento de los hechos delictivos hasta hoy que 'ciertamente se han cometido dos delitos fiscales' en el curso de la actividad empresarial".
Cabe recordar que García Ortiz será juzgado el próximo noviembre por el Tribunal Supremo por un presunto delito de revelación de secretos contra González Amador por la presunta filtración a la 'Cadena SER' la noche del 13 de marzo de 2024 de un 'email' enviado por la defensa del empresario a Fiscalía donde se ofrecía a reconocer los delitos fiscales a cambio de llegar a un acuerdo. Por estos hechos, García Ortiz podría ser condenado a hasta 6 años de cárcel y 12 inhabilitación.
En un principio, el magistrado instructor fijó la fianza en 150.000 euros y García Ortiz la cubrió con su patrimonio, al no disponer de esa cantidad de dinero en efectivo, pero después Hurtado corrigió y la bajó a 75.000 euros tras darse cuenta de que la doctrina constitucional le impedía incluir en la fianza la eventual multa a la que pudiera ser condenado el fiscal general porque supondría anticipar el fallo.
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