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Jueves, 14 de Noviembre de 2024
La Audiencia Nacional pide explicaciones a la Policía
Un yihadista condenado a siete años de cárcel huye de España
Mohamed El Gharbi "se quitó el dispositivo sin que nadie lo advirtiera"
La Audiencia Nacional (AN) ha pedido explicaciones a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado por la huida de España de Mohamed El Gharbi, condenado a siete años de cárcel como integrante de un frente yihadista que integró mientras estaban en prisión para unir a presos por delitos relacionados con el terrorismo islamista.
"El reo se quitó el dispositivo electrónico de seguimiento sin que nadie lo advirtiera y abandonó territorio español sin que nadie se lo impidiera", explican los magistrados de la Sala de lo Penal en una providencia, recogida por Europa Press, en la que solicitan explicaciones acerca de lo ocurrido.
Los magistrados de la Sección Cuarta explican que su marcha de territorio nacional ocurrió "pese a las prohibiciones impuestas por esta Sala", por lo que ofician a los agentes "encargados de vigilar la ejecución de las medidas de libertad vigilada, en Málaga", a que informen "acerca de lo sucedido".
El pasado mes de febrero la Sala de lo Penal condenó tanto a El Gharbi como a Karim Abdeselam Mohamed como autores de un delito de captación y adoctrinamiento terrorista, del que libraron a Abdelah Abdeselam. Asimismo, los magistrados absolvieron a los tres del delito de colaboración con organización terrorista.
En el fallo, el tribunal aseguraba que tanto El Gharbi como Mohamed "ya se encontraban radicalizados con anterioridad a su ingreso en prisión a la vista de la naturaleza de los delitos por los que habían sido condenados".
"Durante su estancia en prisión en vez de optar por desradicalizarse y socializarse de alguna manera, sin abandonar en ningún caso sus creencias religiosas e ideológicas, optaron por lo contrario, llevando a cabo en los centros penitenciarios en los que eran ingresados una actividad proselitista de captación y adoctrinamiento de otros internos en los términos expuestos", apuntaba la sentencia.
Los magistrados señalaban que "las conductas de El Gharbi y Mohamed, lejos de mostrar arrepentimiento o alejamiento de las acciones que les llevaron a prisión, no por su ideología o religión, han acreditado la firme voluntad de seguir permaneciendo y obedeciendo el ideario radical de la organización terrorista" Estado Islámico, "por cuyas colaboración e integración en la misma fueron encarcelados".
![[Img #159247]](https://madridpress.com/upload/images/11_2024/2718_yihadista.png)
"El reo se quitó el dispositivo electrónico de seguimiento sin que nadie lo advirtiera y abandonó territorio español sin que nadie se lo impidiera", explican los magistrados de la Sala de lo Penal en una providencia, recogida por Europa Press, en la que solicitan explicaciones acerca de lo ocurrido.
Los magistrados de la Sección Cuarta explican que su marcha de territorio nacional ocurrió "pese a las prohibiciones impuestas por esta Sala", por lo que ofician a los agentes "encargados de vigilar la ejecución de las medidas de libertad vigilada, en Málaga", a que informen "acerca de lo sucedido".
El pasado mes de febrero la Sala de lo Penal condenó tanto a El Gharbi como a Karim Abdeselam Mohamed como autores de un delito de captación y adoctrinamiento terrorista, del que libraron a Abdelah Abdeselam. Asimismo, los magistrados absolvieron a los tres del delito de colaboración con organización terrorista.
En el fallo, el tribunal aseguraba que tanto El Gharbi como Mohamed "ya se encontraban radicalizados con anterioridad a su ingreso en prisión a la vista de la naturaleza de los delitos por los que habían sido condenados".
"Durante su estancia en prisión en vez de optar por desradicalizarse y socializarse de alguna manera, sin abandonar en ningún caso sus creencias religiosas e ideológicas, optaron por lo contrario, llevando a cabo en los centros penitenciarios en los que eran ingresados una actividad proselitista de captación y adoctrinamiento de otros internos en los términos expuestos", apuntaba la sentencia.
Los magistrados señalaban que "las conductas de El Gharbi y Mohamed, lejos de mostrar arrepentimiento o alejamiento de las acciones que les llevaron a prisión, no por su ideología o religión, han acreditado la firme voluntad de seguir permaneciendo y obedeciendo el ideario radical de la organización terrorista" Estado Islámico, "por cuyas colaboración e integración en la misma fueron encarcelados".
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