Europa Press
Lunes, 26 de Junio de 2023
Sentenciado a 12 años de cárcel por delitos cometidos entre 2005 y 2009
La Audiencia Alavesa rechaza suspender la prisión a De Miguel, condenado del PNV por corrupción
La Audiencia Provincial de Álava ha rechazado conceder la suspensión del ingreso en prisión a Alfredo de Miguel, el principal condenado por una trama de corrupción vinculada a excargos del PNV, mientras se tramita la petición de indulto que ha realizado el exdiputado foral, sobre el que el tribunal afirma que debe "cumplir sin demora" la pena privativa de libertad que se le impuso.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Álava constata que la "gravedad" del caso y la elevada condena impuesta a De Miguel hacen que resulte "difícil" que pueda prosperar la petición de indulto presentada por De Miguel, condenado a doce años de prisión por varios delitos relacionados con la corrupción cometidos entre 2005 y 2009.
El auto, en referencia a un eventual indulto, indica que "atendiendo a las circunstancias concurrentes objetivas (...) no concurren a juicio de la Sala motivos que autoricen a considerar que le puede ser otorgada la medida de gracia".
"Sopesando los hechos juzgados y las condenas que se impusieron, y máxime cuando se le ha considerado cabecilla de la asociación ilícita que formó, con las alegaciones en relación a sus circunstancias sociales y personales, la gravedad y la extensión de los hechos realizados (...) hacen difícil la prosperabilidad del indulto solicitado", añade la sala.
NO ES "OPORTUNO"
Ante esta situación, la Audiencia Provincial avala la decisión de denegar la suspensión de la pena de prisión impuesta a De Miguel, sobre el que añade que debe "cumplir sin demora la pena privativa de libertad" que se le impuso.
El auto, contra el que puede interponerse un recurso de súplica, añade que "no se considera oportuno" conceder la suspensión de la pena privativa de libertad mientras se tramite el indulto" solicitado por la defensa del exdiputado foral.
Similares argumentos emplea la Sala para rechazar el recurso presentado por otro de los condenados, Luis Felipe Ochandiano, condenado a más de siete años en esta causa, para suspender su ingreso en prisión hasta que se resuelva su petición de indulto.
El auto, también recurrible, señala --al igual que en el caso de Alfredo De Miguel-- que la concesión del indulto parece "difícil" y que el condenado debe "cumplir sin demora" su condena de privación de libertad.
NO HAY "GRAVEDAD EXTREMA"
A través de otro auto, la Audiencia rechaza la suspensión de la entrada en prisión de Ochandiano que este había planteado por otras causas, entre ellas, las referidas a su estado de salud. En este sentido, la Sala indica que "ninguno de dos forenses que han emitido informe consideran que las enfermedades alegadas por el señor Ochandiano sean de gravedad extrema", tal y como --según recuerda-- exige la ley para que pueda evitarse el ingreso en prisión de un condenado.
Por otra parte, a través de otro auto, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Álava desestima totalmente un recurso de reposición formulado por otro de los principales condenados en esta causa, el excargo del PNV alavés Aitor Telleria, contra una diligencia de ordenación acordada el pasado 5 de junio para que el Instituto Vasco de Medicina Legal ampliara el informe pericial sobre su estado de salud.
INFORME SOBRE TELLERIA
El referido informe desaconseja el ingreso en prisión de Telleria --condenado a más de cinco años de cárcel por diversos delitos de corrupción-- debido a su estado de salud.
En el auto, que puede ser recurrido, la Audiencia de Álava señala que el condenado "no indica qué precepto de la ley vulnera" la diligencia sobre la ampliación del informe.
![[Img #145461]](https://madridpress.com/upload/images/06_2023/6465_demigpnv12con.jpg)
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Álava constata que la "gravedad" del caso y la elevada condena impuesta a De Miguel hacen que resulte "difícil" que pueda prosperar la petición de indulto presentada por De Miguel, condenado a doce años de prisión por varios delitos relacionados con la corrupción cometidos entre 2005 y 2009.
El auto, en referencia a un eventual indulto, indica que "atendiendo a las circunstancias concurrentes objetivas (...) no concurren a juicio de la Sala motivos que autoricen a considerar que le puede ser otorgada la medida de gracia".
"Sopesando los hechos juzgados y las condenas que se impusieron, y máxime cuando se le ha considerado cabecilla de la asociación ilícita que formó, con las alegaciones en relación a sus circunstancias sociales y personales, la gravedad y la extensión de los hechos realizados (...) hacen difícil la prosperabilidad del indulto solicitado", añade la sala.
NO ES "OPORTUNO"
Ante esta situación, la Audiencia Provincial avala la decisión de denegar la suspensión de la pena de prisión impuesta a De Miguel, sobre el que añade que debe "cumplir sin demora la pena privativa de libertad" que se le impuso.
El auto, contra el que puede interponerse un recurso de súplica, añade que "no se considera oportuno" conceder la suspensión de la pena privativa de libertad mientras se tramite el indulto" solicitado por la defensa del exdiputado foral.
Similares argumentos emplea la Sala para rechazar el recurso presentado por otro de los condenados, Luis Felipe Ochandiano, condenado a más de siete años en esta causa, para suspender su ingreso en prisión hasta que se resuelva su petición de indulto.
El auto, también recurrible, señala --al igual que en el caso de Alfredo De Miguel-- que la concesión del indulto parece "difícil" y que el condenado debe "cumplir sin demora" su condena de privación de libertad.
NO HAY "GRAVEDAD EXTREMA"
A través de otro auto, la Audiencia rechaza la suspensión de la entrada en prisión de Ochandiano que este había planteado por otras causas, entre ellas, las referidas a su estado de salud. En este sentido, la Sala indica que "ninguno de dos forenses que han emitido informe consideran que las enfermedades alegadas por el señor Ochandiano sean de gravedad extrema", tal y como --según recuerda-- exige la ley para que pueda evitarse el ingreso en prisión de un condenado.
Por otra parte, a través de otro auto, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Álava desestima totalmente un recurso de reposición formulado por otro de los principales condenados en esta causa, el excargo del PNV alavés Aitor Telleria, contra una diligencia de ordenación acordada el pasado 5 de junio para que el Instituto Vasco de Medicina Legal ampliara el informe pericial sobre su estado de salud.
INFORME SOBRE TELLERIA
El referido informe desaconseja el ingreso en prisión de Telleria --condenado a más de cinco años de cárcel por diversos delitos de corrupción-- debido a su estado de salud.
En el auto, que puede ser recurrido, la Audiencia de Álava señala que el condenado "no indica qué precepto de la ley vulnera" la diligencia sobre la ampliación del informe.
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