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Jueves, 25 de Mayo de 2023
Tras el nuevo informe forense sobre su tratamiento médico para el cáncer

El fiscal tiene tres días para decidir si Griñán entra en prisión

El expresidente socialista de la Junta fue condenado a seis años y un día de cárcel por el fraude millonario de los ERE

La Audiencia de Sevilla da al Ministerio Fiscal y a la acusación particular (ejercida por el Partido Popular) tres días de plazo para que se pronuncien sobre si el expresidente socialista de la Junta José Antonio Griñán, condenado a seis años y un día de cárcel por el procedimiento específico de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, puede o no seguir en prisión el tratamiento farmacológico y de rehabilitación que le queda por el cáncer de próstata que padece.

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La medida se tomará en un sentido u otro tras el nuevo informe forense emitido por el Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla, ante las alegaciones de Griñán para pedir la suspensión de su pena de cárcel.
 
Así se recoge en la resolución emitida por la Audiencia con fecha 24 de mayo y consultada por Europa Press después de que el pasado jueves 18 de mayo Griñán acudiera al Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla, en los juzgados del Prado de San Sebastián, para este nuevo informe forense solicitado por la Audiencia al objeto de dilucidar si el expresidente puede continuar en prisión este tratamiento farmacológico y de rehabilitación, tras haber concluido sus sesiones de radioterapia.
 
A su llegada a la sede judicial, José Antonio Griñán manifestaba que "las enfermedades son privadas", extremo que según indicaba debe ser "respetado". "Uno debe mantener la confidencialidad de las enfermedades y hay que saber respetarlas", señalaba.
 
SI EL TRATAMIENTO "ES COMPATIBLE" CON LA PRISIÓN
 
El IML citaba al expresidente al objeto de un reconocimiento a partir del cual emitir su nuevo informe forense, que según la Sección Primera de la Audiencia debe determinar si el tratamiento farmacológico y de rehabilitación que le queda a Griñán tras las sesiones de radioterapia "es compatible con el ingreso en prisión".
 
Y es que según la Audiencia, que el pasado mes de enero aplazaba a la conclusión de las sesiones de radioterapia de Griñán su decisión sobre su ingreso o no en prisión frente al cáncer de próstata alegado para pedir la suspensión de la pena de cárcel, de la nueva documentación remitida por la defensa de Griñán se especifica que tras la radioterapia, "el plan de actuación consiste tan sólo en tratamiento farmacológico y ejercicios rehabilitadores".
 
Ello, después de que recientemente, la Audiencia diese cuenta de la documentación emitida por el Centro Penitenciario de Sevilla tras serle requerido un informe "sobre la posibilidad de tratamiento" en la cárcel del cáncer de próstata alegado por el expresidente andaluz para solicitar la suspensión de su pena de prisión.
 
EL INFORME DEL CENTRO PENITENCIARIO
 
En su informe, el Centro Penitenciario de Sevilla exponía que para la atención médica "especializada", dispone de convenio con el Servicio Andaluz de Salud (SAS) para derivar pacientes encarcelados a los "servicios especializados" de los hospitales Macarena y Virgen del Rocío, incluyendo en el "proceso de atención integral" acordado los "procedimientos terapéuticos tales como sesiones de quimioterapia o radioterapia", entre otros aspectos.
 
EL CASO DE BARBERÁ
 
A mediados del pasado mes de abril, recordémoslo, el exviceconsejero socialista de Empleo Agustín Barberá, condenado a siete años y un día de cárcel por malversación en el procedimiento específico de financiación de los ERE, ingresaba en la prisión de Puerto III de El Puerto de Santa María (Cádiz) para cumplir dicha pena privativa de libertad impuesta por la Audiencia de Sevilla, después de que la misma rechazase finalmente su petición de suspender su pena ante la enfermedad muy grave con padecimientos incurables alegada por el mismo, habilitando un plazo de diez días naturales para su ingreso voluntario en prisión.
 
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, más al detalle, admitía que es "cierto" que el exviceconsejero Barberá "padece una enfermedad grave incurable", pero según el tribunal, el tratamiento prescrito al mismo "puede ser dispensado" en el centro penitenciario "con las revisiones hospitalarias a que deba ser sometido".
 
Más recientemente, el Tribunal Constitucional retiraba finalmente del orden del día de su pleno del pasado 22 de mayo, la deliberación entonces prevista sobre la admisión o no a trámite del recurso de Griñán contra su condena, así como sobre el resto de recursos de los condenados del caso, posponiendo el asunto para después de las elecciones municipales del próximo domingo 28 de mayo.
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