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Jueves, 23 de Marzo de 2023

Investigar un proceso penal: Cómo evitar la pena de banquillo

Hablamos con el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina para analizar las fases prácticas de un proceso penal

Los diferentes titulares de prensa y los noticieros están repletos de los casos penales del momento. La presunta violación realizada por Dani Alves; la corrupción aflorada junto a 'Tito Berni' y el caso mediador; o la oleada de violaciones grupales padecidas en España, entre otros ejemplos.

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Por ello nos preguntamos como es el proceso penal. Una explicación en la que las películas americanas han hecho mucho daño a la concepción que tenemos del sistema judicial penal en España, así como las diferentes fases del proceso penal, que se han desvirtuado asociado a las exposiciones cinematográficas. 
 
INVESTIGACIÓN O INSTRUCCIÓN
 
Para explicar de forma muy esquematizada las fases de los diferentes tipos de proceso penal consultamos con Juan Gonzalo Ospina, uno de los mejores abogados penalistas del momento, que nos arroja luz sobre la primera de las fases: investigación o instrucción, la cual se inicia una vez se admita por el Juzgado correspondiente la denuncia o querella. 
 
 “La fase de instrucción es la más importante del procedimiento penal, dado que es donde se practican todas las diligencias necesarias para hacer valer la línea de defensa del investigado”, nos refiere Ospina, conocido por sus numerosos casos de éxito, donde ha mostrado sus habilidades para archivar en fase de instrucción muchos de ellos de índole penal económico. Hiperespecializado en materia económica, como lo ha demostrado en la reciente retirada de la orden de búsqueda y captura para un banquero implicado en la trama Lexin, o en delitos sexuales, como la Manada de Castelldefels, construye tándem con su socia Beatriz Uriarte, abogada experta en delitos de violencia de género.
 
ACUSACIÓN
 
Se dice coloquialmente que la evolución del derecho penal no permite dejarse conejos en la chistera, sino que invita a aflorar todas las diligencias necesarias dado que los procesos son cada vez más complejos, especializados tanto en la orilla de la acusación y fiscalía como de la defensa. 
 
Por ello en esta segunda fase, la de acusación (considerada un paso intermedio) es el momento en el cual se concluye el Sumario o las Diligencias Previas, y el investigado pasa a ser denominado procesado o encausado, según el tipo de procedimiento. En ella se dará traslado a las partes para presentar sus escritos de acusación (en el caso de la acusación particular, la acusación popular y el Ministerio Fiscal) y sus escritos de defensa (la parte acusada).
 
La importancia de esta fase se vio con completa claridad en la causa abierta contra Los Ángeles del Infierno ante la Audiencia Nacional. Un juicio que está sirviendo de ejemplo a nivel docente para clarificar las fases de un proceso penal y la importancia de delimitarlas correctamente. En el caso que nos referimos, siendo un juicio múltiple con la participación de algunos de los mejores abogados penalistas de España, se han podido apreciar las diferentes estrategias de defensa ante los señalamientos del Ministerio Fiscal, -quien incluso llegó a acuerdos previos con algunas de las defensas-, pero que también dejó informes orales que han marcado la línea del juicio, como el esgrimido por Juango Ospina, quien representa a dos de los acusados. 
 
JUICIO ORAL
 
La última de las tres fases (aunque no queremos decir que con ella acabe el proceso penal) sería la fase del Juicio Oral. En esta fase procedimental rigen los principios de inmediación y oralidad, por lo que será en este momento cuando se practiquen las pruebas, ante el Juez que debe dictar Sentencia más tarde. La pericia de los mejores abogados será clave en materia de oratoria, interrogatorio y ejercer conclusiones. Habilidades que los letrados deben trabajar cada vez más, ya que como apuntábamos antes, el sistema judicial avanza hacia la excelencia en sala ganando peso esta estación. 
 
LA VÍA DEL ACUERDO
 
Sin embargo, los mejores abogados penalistas nunca descartan la vía del acuerdo cuando los procedimientos se tornan complicados para mantener la inocencia del acusado, o demostrar la culpabilidad por parte de la Fiscalía y acusación. 
 
Este momento llega antes de que tenga lugar el acto del Juicio Oral, momento donde las partes podrán alcanzar una conformidad que evitaría el juicio en sí.
 
Preguntado Ospina por esta circunstancia refiere un caso que ejerció hace escasos días en un municipio de Badajoz, donde ante la petición de 24 años de prisión para uno de sus clientes, finalmente pudieron firmar con el Ministerio Fiscal un acuerdo de únicamente dos años de prisión. “Saber negociar es parte obligada en esta profesión. No siempre se dan las circunstancias para apostar por una absolución, y en el camino para obtener el mejor beneficio posible para nuestro representado, el acuerdo es un elemento que siempre está sobre la mesa”, expone el socio director de Ospina Abogados, despacho que también protagonizaba un fortuito acuerdo para uno de sus clientes acusado de un delito sexual en Valencia. Para el hombre, acusado de abuso sexual a dos jóvenes tras una fiesta que acabó en su casa, se solicitaban ocho años de prisión que finalmente, previo acuerdo, se han reducido a dos y el pago de una compensación para las denunciantes. 
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