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Lunes, 12 de Diciembre de 2022
'Abaratan' el delito de corrupción por desvío de dinero público

PSOE y ERC bajan a 4 años de cárcel y 6 de inhabilitación la pena máxima por malversación del 1-O

El PSOE y ERC han pactado crear un nuevo tipo de malversación que abarata la pena hasta 4 años de cárcel y 6 de inhabilitación por dar a los fondos públicos un uso distinto al previsto (en este caso está pensado para el caso del dinero público desviado en el golpe del 1-O). 

 
También, se imponen penas menores a quienes reparen el daño causado al patrimonio público o hayan colaborado "activa y eficazmente" con la Justicia.
 
El texto, de una enmienda transaccional a la que ha tenido acceso Europa Press, supone aunar --con algunas modificaciones-- las enmiendas planteadas por ERC y por el PSOE para reformar la malversación, en el marco de la proposición de ley para eliminar el delito de sedición y crear uno nuevo de desórdenes públicos agravados.
 
Así, ambos firman la propuesta que avanzaban el domingo fuentes socialistas, según la cual se crea un nuevo tipo de malversación para castigar con entre 1 y 4 años de cárcel y entre 2 y 6 años de inhabilitación a "la autoridad o funcionario público que diere al patrimonio público que administrare una aplicación pública diferente de aquella a la que estuviere destinado", "si resultare daño o entorpecimiento graves del servicio al que estuviese consignado". En el caso de que no se aprecie ese daño o entorpecimiento, la inhabilitación caería a entre 1 y 3 años.
 
Además, proponen que, si el culpable de cualquiera de estos nuevos tipos de malversación propuestos, con o sin ánimo de lucro, "hubiere reparado de modo efectivo e íntegro el perjuicio causado al patrimonio público antes del inicio del juicio oral o hubiera colaborado activa y eficazmente con las autoridades o sus agentes para obtener pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables o para el completo esclarecimiento de los hechos delictivos, los jueces y tribunales impondrán al responsable de este delito la pena inferior en uno o dos grados".
 
EL ÁNIMO DE LUCRO
 
Por lo demás, la enmienda queda como la presentada el pasado viernes por ERC, de modo que se crea otro tipo de malversación para diferenciar la realizada sin ánimo de lucro -que sería la novedad en este tratamiento de la corrupción-.
 
En este sentido, abogan por castigar con menos pena --entre 6 meses y 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años-- a quienes malversen dinero público "sin ánimo de apropiárselo". Aquí, el único cambio operado por PSOE y ERC este lunes es que se matiza que, en vez de ir destinado a "usos particulares y ajenos a la función pública", debe ir a "usos privados".
 
En cuanto al resto, se conservarían las penas del actual artículo 432 del Código Penal (CP), que van desde los 2 a los 12 años de cárcel y de 6 a 20 años de inhabilitación, dependiendo que haya más o menos pena de la cantidad malversada.
 
Aunque mantienen las penas del delito de malversación vigente, cambian la redacción del artículo 432 para señalar que se refiere a "la autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas".
 
Con todo, lo planteado por PSOE y ERC supone conservar las penas de la malversación actual (entre 2 y 12 de cárcel y 6 y 20 de inhabilitación) para aplicarlas a los supuestos con ánimo de lucro; y crear dos tipos nuevos: uno sin ánimo de lucro (castigado con entre 6 meses y 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años) y otro para cuando lo malversado no va a "usos privados" sino a un fin distinto al previsto (sancionado con entre 1 y 4 años de cárcel y 2 a 6 de inhabilitación).
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