La sentencia, que responde a un recurso de Vox y de la que ha sido ponente el magistrado Pedro González-Trevijano, considera que no concurre en el presente caso este presupuesto inexcusable, la extraordinaria urgencia y necesidad, que habilita al Gobierno para acudir al instrumento legislativo del Decreto-ley, obviando el procedimiento legislativo ordinario o de urgencia, para regular dicho nombramiento.
El magistrado Cándido Conde-Pumpido ha anunciado un voto particular que se conocerá junto a la sentencia en los próximos días.
Así, la sentencia declara que el precepto adolece de un defecto formal determinante de su inconstitucionalidad, en cuanto su aprobación a través de la figura jurídica del decreto-ley vulnera los requisitos exigidos por la Constitución para la utilización de este instrumento legislativo.
En concreto, el art. 86.1 del texto constitucional señala que solo en "caso de extraordinaria y urgente necesidad" podrá el Gobierno dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de decretos-leyes.
OBVIÓ EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO
La sentencia considera que no concurre en el presente caso este presupuesto inexcusable, la extraordinaria urgencia y necesidad, que habilita al Gobierno para acudir al instrumento legislativo del decreto-ley, obviando el procedimiento legislativo ordinario o de urgencia, para regular dicho nombramiento.
Acudiendo a una jurisprudencia consolidada en esta materia, la sentencia, de la que hoy sólo se ha avanzado una nota de prensa, pone de manifiesto que el Gobierno no justificó la extraordinaria urgencia de esta medida en el procedimiento de elaboración de la norma; ni la misma guarda coherencia con los motivos generales que determinaron la aprobación del Real Decreto-ley 8/2020, y que no se discuten.
El real decreto-ley contempla una serie de medidas de carácter económico, social y sanitario dirigidas a atender de forma inmediata las consecuencias provocadas por la pandemia del COVID-19, y no resulta posible determinar la conexión de sentido que pudiera existir entre las circunstancias desencadenadas a raíz de la pandemia, y la modificación de la composición de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia, que propició la integración en la misma del entonces vicepresidente Segundo del Gobierno, siendo éstas las razones esenciales que determinan la infracción del mencionado precepto constitucional.
VOX LO CALIFICÓ DE "TRUCO"
El recurso fue presentado por el partido liderado por Santiago Abascal, que calificó de "truco" al método empleado para incluir al ya ex líder de Podemos en este órgano parlamentario.
El Consejo de Ministros ya aprobó en febrero de 2020 un decreto que regulaba los miembros de la comisión delegada del CNI para dar la oportunidad al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de incluir a los cargos de la Administración que considerase convenientes.
Ese decreto fue recurrido por Vox y posteriormente, según el recurso presentado ante el TC, el Gobierno trató de sortear ese recurso incluyendo la modificación de la composición de la comisión delegada del CNI en el decreto ley que recoge todas las medidas aprobadas la pasada semana por el Consejo de Ministros para paliar las consecuencias del coronavirus.
Defendía en el recuso resuelto este jueves por el TC que los decretos tienen que obedecer a una circunstancia "de extraordinaria y urgente necesidad", requisito que sí reúne el COVID-19 pero "en ningún caso una cuestión ajena a la crisis sanitaria como es la presencia del líder de Podemos en la Comisión del CNI".
La disposición adicional segunda incluida por el Gobierno, ahora declarada inconstitucional reza: "La Comisión estará presidida por el vicepresidente del Gobierno que designe su presidente, e integrada por los vicepresidentes designados por el presidente del Gobierno, las ministras de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y de Defensa, el ministro del Interior, y la ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, así como el director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, el secretario de Estado de Seguridad y la secretaria de Estado del Centro Nacional de Inteligencia, que actuará como secretaria".
VOX CELEBRA LA DECISIÓN
Vox celebra la decisión del Tribunal Constitucional de declarar nula la decisión del Gobierno de incluir al entonces vicepresidente segundo Pablo Iglesias en la comisión que controla el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), poniendo fin a sus "exigencias y sueños chavistas y bolivarianos" de "controlar" los servicios de inteligencia españoles.
La secretaria general de Vox en el Congreso, Macarena Olona, ha mostrado su satisfacción nada más conocer la decisión del alto tribunal de dar por bueno el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por los 52 diputados de Vox en el Congreso.
El Gobierno blindó la presencia de Iglesias en la comisión delegada que controla el CNI mediante una disposición adicional en un decreto sobre medidas económicas para hacer frente al Covid-19. El TC señala sin embargo que el asunto no reúne la extraordinaria urgencia y necesidad que se requiere para ser incluido en un decreto-ley.
Olona ha denunciado que esta decisión confirma su argumento de que el objetivo del exlíder de Podemos era "controlar" los servicios de inteligencia en España. Con la resolución del Tribunal Constitucional, cree que "se ha hecho justicia" y además Vox ha demostrado "una vez más" su utilidad.
En la misma idea ha incidido el portavoz de la dirección del partido, el eurodiputado Jorge Buxadé, quien ha celebrado que Vox lograra más de 50 diputados en el Congreso para poder acudir al Tribunal Constitucional y "poder hacer lo que otros no hacen". Y ha avisado de que su siguiente objetivo es llegar a los 176, los necesarios para tener mayoría absoluta.
EL GOBIERNO GUARDA SILENCIO
La vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, ha asegurado por su parte que el Ejecutivo acata, sin comentarios, la decisión del Tribunal Constitucional de tumbar la reforma que realizó para 'blindar' la presencia del entonces vicepresidente segundo Pablo Iglesias en la Comisión Delegada de Asuntos de Inteligencia, usando para un real decreto-ley de medidas económicas urgentes contra la pandemia.
"El Gobierno nunca hace comentarios sobre los pronunciamientos de la justicia. No solo no los hacemos sino que acatamos y actuaremos en consecuencia como corresponde a un gobierno que está siempre en el marco que corresponde constitucionalmente. Actuaremos en consecuencia y no tenemos ningún comentario que decir acerca de esa sentencia del Constitucional", ha afirmado.
Tras la conformación del gobierno de coalición, el presidente Pedro Sánchez decidió en febrero modificar la composición de todas las comisiones delegadas, entre ellas, la que controla al CNI, para dar entrada a los nuevos miembros de Unidas Podemos. Para ello, aprobó un real decreto el 25 de febrero, pero fue recurrido por Vox ante el Tribunal Supremo.
Ante ese recurso --que todavía está pendiente de resolverse--, el Ejecutivo decidió aprovechar en marzo el primer decreto con medidas económicas urgentes contra la pandemia para realizar una modificación de la ley del CNI y asegurar así la legalidad de ese cambio en la composición de la comisión de Asuntos de Inteligencia.
En concreto, se especificó que la citada comisión "estará presidida por el Vicepresidente del Gobierno que designe su Presidente, e integrada por los Vicepresidentes designados por el Presidente del Gobierno, las Ministras de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y de Defensa, el Ministro del Interior y la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, así como por el Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, el Secretario de Estado de Seguridad y la Secretaria de Estado Directora del Centro Nacional de Inteligencia, que actuará como Secretaria".
YOLANDA DÍAZ, SUSTITUTA DE IGLESIAS EN LA COMISIÓN DEL CNI
Ahora este cambio en la ley del CNI decae, pero sigue vigente la composición de las comisiones delegadas que aprobó por decreto el Gobierno en febrero tras la entrada de Unidas Podemos, por lo menos, hasta que el Supremo se pronuncie sobre el recursos de Vox.
Aunque ya no está Iglesias, el ex líder de Podemos fue sustituido en las comisiones delegadas por la actual vicepresidenta tercera y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Para ello, el Gobierno aprobó en abril otro nuevo decreto que adaptaba la composición de las comisiones delegadas a la nueva estructura que se diseñó tras la salida de Iglesias.
Emilio Suñé Llinás | Viernes, 14 de Mayo de 2021 a las 09:00:04 horas
A buenas horas mangas verdes. Según el artículo 116 CE, los estados excepcionales no suspenden el funcionamiento regular de los poderes constitucionales, entre los que se halla el TC. Todo lo que tenga que decidir sobre el Estado de Alarma, lo vamos a conocer una vez finalizado éste. Y no es que no haya tenido tiempo. Si esta es la garantía última de las libertades ciudadanas en España, la confianza en las instituciones requiere de una fe, que ni el carbonero.
Accede para responder