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Miércoles, 28 de Octubre de 2020
Remitido

Dividir los bienes entre herederos

Cuando una persona muere y deja en herencia bienes muebles e inmuebles es necesario saber si hubo un testamento y cuántos son los herederos forzosos. El testamento es un documento que recoge la última voluntad de una persona en relación con sus propiedades o bienes. Sin embargo, no todas las personas hacen testamento aunque siempre es recomendable hacerlo para evitar problemas en el futuro.

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Herederos forzosos son los descendientes del difunto: hijos o nietos, en caso de que ya los hijos hayan fallecido, o el cónyuge sobreviviente; si no hay hijos o nietos, serán entonces los padres o abuelos.
 
Cuando hay testamento las cosas se simplifican enormemente porque ya todo está estipulado en él. Los problemas llegan cuando no hay testamento e igualmente hay que dividir los bienes.
 
La herencia en España
 
La herencia en España suele ser una fuente constante de conflictos en la mayoría de las familias. Generalmente una herencia en España consta de tres grandes bloques: la legítima, la mejora y la libre disposición, y tiene por objeto que la misma se distribuya entre los herederos.
 
A continuación, veremos en qué consiste cada una de estas partes de la herencia. 
 
La legítima
 
Corresponde a un tercio de los bienes y se reparte por igual entre los herederos legítimos: hijos y cónyuge, o los descendientes o ascendientes, según sea el caso. Es la parte que siempre habrá que repartir entre los herederos directos, y no puede ser obviada. Es una parte que marca directamente la Ley. 
 
La mejora
 
Corresponde a un tercio de la herencia que sirve para “mejorar” (de allí su nombre) el tercio de la legítima, y puede utilizarse para dejar más en herencia o a un heredero que a otro, por ejemplo. Esta parte si que puede estar establecida en el testamento y debe respetarse.
 
Muchas veces sencillamente se une a la legítima.
 
Libre disposición
 
Es otro tercio que deja en libertad al testador de dar parte de la herencia a quien se desee, sea o no heredero legítimo. Si no hay herederos, el Estado es quien recibe la herencia en su totalidad.
 
Repartir herencias
 
Cuando existen bienes muebles e inmuebles, hay que elaborar un inventario de los mismos y hacer tasaciones de cada objeto u obra de arte, no solo para determinar el valor sino incluso para que los herederos sepan los impuestos que deberán pagar, de acuerdo con la ley de sucesiones.
 
Para ello tendrás que contratar a un tasador profesional; este deberá tasar y valorar cada una de las piezas de arte que conforman tu herencia y realizar un informe de tasación que incluirá información detallada de las obras y objetos, la época a la que pertenecen, su conservación, los materiales, etc.
 
Con este informe podrás iniciar la partición de la herencia. Debes tener en cuenta que en función de la herencia que reciba deberás pagar diferentes impuestos asociados al incremento patrimonial por la herencia recibida que pueda producirse. 
 
En muchos casos se dan circunstancias excepcionales que hacen que los herederos no puedan afrontar el coste que supone aceptar una herencia. En estos casos lo que se puede hacer es rechazar la herencia de forma totalmente explicita. Con el rechazo de la herencia no es necesario afrontar el pago de impuestos. 
 
Como puedes ver recibir una herencia no siempre va asociado a buenas noticias, ya que son muchas las circunstancias que pueden darse y es necesario analizar la situación particular en cada caso. 
 
Ante todo, siempre es conveniente dejarse asesorar sobre la mejor decisión a adoptar ya que muchas veces no tenemos toda la información sobre las repercusiones fiscales y económicas que puede haber con la aceptación de una herencia. 
 
Si necesita contactar a un perito tasador de obras de arte, joyas o muebles antiguos puede acurdir a www.arteydiamantes.com. Arte y Diamantes está compuesto por tasadores oficiales con todas las especialidades del sector. Realizamos informes oficiales para reparticiones de herencia, notarías, seguros o simplemente para valorar sus propiedades.
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