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Martes, 27 de Octubre de 2020
Remitido
El administrador de fincas, un especialista en velar por la comunidad de vecinos
En un mundo cada vez más complejo y diversificado, la intervención de profesionales altamente especializados es una garantía de que los problemas que se presenten se van a solucionar lo mejor posible. Es el caso del administrador de fincas, un profesional muy necesario para la gestión del día a día de una comunidad de vecinos.
Un administrador de fincas en Madrid es un profesional que se encarga de la gestión de los intereses de las comunidades de propietarios. Estos profesionales están colegiados en los colegios territoriales de la provincia donde ejercen su función y adquieren hoy en día una tremenda importancia a la hora de asumir una labor que requiere de una cualificación específica para el objeto de administrar nuestros edificios.
¿Cuál es su campo de actuación?
El campo de actuación comprende todo el sector inmobiliario, bien se trate de inmuebles rústicos o urbanos, en régimen de explotación directa, arrendamiento, propiedad horizontal o cualquier otro; así como la administración de cooperativas de viviendas y comunidades de propietarios para la construcción de sus viviendas, centros comerciales, campos y puertos deportivos, urbanizaciones con servicios, instalaciones y anejos comunes; entidades colaboradoras de la gestión urbanística y, en general, cuantos cometidos guarden relación con la administración de bienes inmuebles.
¿Cuáles son sus funciones?
La principal función que desempeñan los administradores de fincas colegiados es la de gestionar los inmuebles que están sujetos al régimen de la Propiedad Horizontal, es decir, las comunidades de propietarios. También se encargan de la gestión de los intereses de las comunidades de propietarios ante los juzgados y tribunales.
El ejercicio profesional comprende todas las funciones conducentes al gobierno y conservación de los bienes encomendados, la obtención del rendimiento adecuado y al asesoramiento de las cuestiones relativas a los bienes inmuebles. En el desarrollo de estas funciones, el Administrador está facultado para realizar cuantos actos de administración y gestión sean necesarios, con observancia de las normas legales aplicables, la costumbre y la prudencia, sin otras limitaciones que las expresamente recibidas del titular de los bienes y aquéllas otras atribuídas en exclusiva a otras profesiones.
En la gestión de comunidades de propietarios, le corresponden las obligaciones fijadas en el art. 20 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH)
- Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios.
- Preparar el plan de gastos e ingresos.
- Atender a la conservación y entretenimiento de la casa.
- Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros.
- Actuar, en su caso, como Secretario de la Junta, custodiando la documentación.
- Y todas las demás atribuciones que le confiera la Junta.
Pero, al margen de las mismas, debe asesorar a la comunidad, controlar los proveedores, dar cuenta de siniestros a las compañías de seguros; ocuparse de las relaciones laborales con los empleados de la finca, aplicando las normas de convenio y las modalidades contractuales más favorables, practicando las liquidaciones de la Seguridad Social y las que fiscalmente procedan; llevar una adecuada contabilidad; advertir sobre la morosidad; y una función, quizá de las más importantes, que es el mantenimiento de la convivencia entre los componentes de la comunidad.
Cuando actúa como Secretario de la Comunidad, que es casi en todos los casos, de acuerdo con el Presidente debe convocar la Junta, asistir a la reunión, que normalmente dirige, redactar el acta y practicar las notificaciones que procedan.
En el asesoramiento global a la comunidad, debe cumplimentar todas las obligaciones que incumben al inmueble, así como informar y cuando proceda tramitar la solicitud de ayudas o subvenciones a las que pueda tener derecho el edificio en los casos de rehabilitación o de obras de reparación protegidas.
¿Necesitas asesoramiento en tu comunidad de propietarios?
Hay administradores de fincas en Móstoles que se dedican plenamente a solucionar los problemas habituales de una comunidad de propietarios; son verdaderos expertos en resolución de conflictos.
Estos profesionales liberan al administrador de las tareas diarias para que pueda centrarse en añadir valor a la comunidad a través de una gestión proactiva con visitas periódicas a la finca para anticiparse a posibles problemas y poder realizar propuestas de mejora.
Además, ayudan a las comunidades de propietarios con la confección de avisos a esa comunidad de vecinos, la auditoría de las cuentas de dicha propiedad o incluso la elaboración de actas de las reuniones de vecinos. Día a día realizan actividades como:
- Revisión inicial de la situación de la comunidad para identificar aspectos en los que se puede ahorrar y mejorar el servicio.
- Asesoramiento a las comunidades en materia legal, fiscal y técnica.
- Mantenimiento de un estricto control de la contabilidad y la tesorería de la comunidad con la realización de informes periódicos.
- Convocatoria, preparación y asistencia a todas las reuniones de la comunidad de vecinos
- Ejecutar los acuerdos alcanzados por la junta directiva.
En conclusión, el administrador de fincas es un profesional altamente cualificado que velará siempre por los intereses y el buen funcionamiento de una comunidad de propietarios, liberando con ello a los vecinos de la gestión de los diversos problemas que puedan surgir.
![[Img #104905]](https://madridpress.com/upload/images/10_2020/5176_comunidades-propietarios.jpg)
Un administrador de fincas en Madrid es un profesional que se encarga de la gestión de los intereses de las comunidades de propietarios. Estos profesionales están colegiados en los colegios territoriales de la provincia donde ejercen su función y adquieren hoy en día una tremenda importancia a la hora de asumir una labor que requiere de una cualificación específica para el objeto de administrar nuestros edificios.
¿Cuál es su campo de actuación?
El campo de actuación comprende todo el sector inmobiliario, bien se trate de inmuebles rústicos o urbanos, en régimen de explotación directa, arrendamiento, propiedad horizontal o cualquier otro; así como la administración de cooperativas de viviendas y comunidades de propietarios para la construcción de sus viviendas, centros comerciales, campos y puertos deportivos, urbanizaciones con servicios, instalaciones y anejos comunes; entidades colaboradoras de la gestión urbanística y, en general, cuantos cometidos guarden relación con la administración de bienes inmuebles.
¿Cuáles son sus funciones?
La principal función que desempeñan los administradores de fincas colegiados es la de gestionar los inmuebles que están sujetos al régimen de la Propiedad Horizontal, es decir, las comunidades de propietarios. También se encargan de la gestión de los intereses de las comunidades de propietarios ante los juzgados y tribunales.
El ejercicio profesional comprende todas las funciones conducentes al gobierno y conservación de los bienes encomendados, la obtención del rendimiento adecuado y al asesoramiento de las cuestiones relativas a los bienes inmuebles. En el desarrollo de estas funciones, el Administrador está facultado para realizar cuantos actos de administración y gestión sean necesarios, con observancia de las normas legales aplicables, la costumbre y la prudencia, sin otras limitaciones que las expresamente recibidas del titular de los bienes y aquéllas otras atribuídas en exclusiva a otras profesiones.
En la gestión de comunidades de propietarios, le corresponden las obligaciones fijadas en el art. 20 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH)
- Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios.
- Preparar el plan de gastos e ingresos.
- Atender a la conservación y entretenimiento de la casa.
- Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros.
- Actuar, en su caso, como Secretario de la Junta, custodiando la documentación.
- Y todas las demás atribuciones que le confiera la Junta.
Pero, al margen de las mismas, debe asesorar a la comunidad, controlar los proveedores, dar cuenta de siniestros a las compañías de seguros; ocuparse de las relaciones laborales con los empleados de la finca, aplicando las normas de convenio y las modalidades contractuales más favorables, practicando las liquidaciones de la Seguridad Social y las que fiscalmente procedan; llevar una adecuada contabilidad; advertir sobre la morosidad; y una función, quizá de las más importantes, que es el mantenimiento de la convivencia entre los componentes de la comunidad.
Cuando actúa como Secretario de la Comunidad, que es casi en todos los casos, de acuerdo con el Presidente debe convocar la Junta, asistir a la reunión, que normalmente dirige, redactar el acta y practicar las notificaciones que procedan.
En el asesoramiento global a la comunidad, debe cumplimentar todas las obligaciones que incumben al inmueble, así como informar y cuando proceda tramitar la solicitud de ayudas o subvenciones a las que pueda tener derecho el edificio en los casos de rehabilitación o de obras de reparación protegidas.
¿Necesitas asesoramiento en tu comunidad de propietarios?
Hay administradores de fincas en Móstoles que se dedican plenamente a solucionar los problemas habituales de una comunidad de propietarios; son verdaderos expertos en resolución de conflictos.
Estos profesionales liberan al administrador de las tareas diarias para que pueda centrarse en añadir valor a la comunidad a través de una gestión proactiva con visitas periódicas a la finca para anticiparse a posibles problemas y poder realizar propuestas de mejora.
Además, ayudan a las comunidades de propietarios con la confección de avisos a esa comunidad de vecinos, la auditoría de las cuentas de dicha propiedad o incluso la elaboración de actas de las reuniones de vecinos. Día a día realizan actividades como:
- Revisión inicial de la situación de la comunidad para identificar aspectos en los que se puede ahorrar y mejorar el servicio.
- Asesoramiento a las comunidades en materia legal, fiscal y técnica.
- Mantenimiento de un estricto control de la contabilidad y la tesorería de la comunidad con la realización de informes periódicos.
- Convocatoria, preparación y asistencia a todas las reuniones de la comunidad de vecinos
- Ejecutar los acuerdos alcanzados por la junta directiva.
En conclusión, el administrador de fincas es un profesional altamente cualificado que velará siempre por los intereses y el buen funcionamiento de una comunidad de propietarios, liberando con ello a los vecinos de la gestión de los diversos problemas que puedan surgir.
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