Así se lo ha comunicado el propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a la de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en la conversación que han mantenido después de que hubiera comenzado ya el Consejo de Ministros extraordinario convocado por el jefe del Ejecutivo a las 12.00 horas para tomar esta decisión, si no recibía antes una respuesta de la Comunidad.
En esa conversación, el presidente del Gobierno le ha pedido a la presidenta madrileña que apoyara al Ejecutivo en su decisión de declarar el estado de alarma en Madrid para retomar las medidas denegadas por el TSJM, y su respuesta ha sido no, según las fuentes consultadas.
PROTEGER LA SALUD PÚBLICA "YA"
Asimismo, explican que Ayuso le ha pedido Sánchez más tiempo, pero que el presidente le ha trasladado que "hay que proteger la salud pública ya" y que, por ello, se iba a aprobará el estado de alarma. No obstante, han acordado que en los próximos 15 días los equipos seguirán hablando de los escenarios.
El Gobierno defiende que Sánchez ya atendió la noche del jueves, "por cortesía", la petición de Ayuso de tener algo más de tiempo para decidir, y por ello decidió retrasar la reunión del Consejo de Ministros extraordinaria de las 8.30 hasta las 12.00 horas.
AYUSO HA LLAMADO TARDE
Sin embargo, la presidenta madrileña no ha llamado a Sánchez hasta después de haber comenzado esa reunión en Moncloa, presidida por la vicepresidenta primera, Carmen Calvo, en sustitución de Sánchez, que ha decidido mantener su visita a Barcelona junto al Rey, como estaba previsto.
De hecho, estas fuentes explican que la vicepresidenta primera se ha puesto en contacto con Aguado para comunicarle que acababa de arrancar el Consejo de ministros y que la presidenta madrileña todavía no había llamado a Sánchez.
El jefe del Ejecutivo telefoneó este jueves a Ayuso, a su regreso de su viaje a Argelia, para trasladarle que, tras decaer por decisión judicial las medidas dictadas por el Ministerio de Sanidad a través de una orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no cabía otro escenario que volver a aprobarlas con un nueva cobertura jurídica.
Para ello, planteó a Ayuso tres posibilidades y, tras solicitar la presidenta madrileña "un poco de tiempo", Sánchez le dio de plazo hasta la mañana de este viernes, hasta las 12.00 horas, para que decidiera si quería ser ella la que tomara la iniciativa, mediante un acuerdo con el Gobierno. En el caso de que la presidenta se negara, le avisó de que sería el Ejecutivo el que decretara el estado de alarma.
En concreto, Sánchez planteó a la presidenta madrileña tres opciones. La primera de ellas, era que la Comunidad de Madrid, "como autoridad competente en materia sanitaria", dictara una Orden al amparo de lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.
Este artículo establece que, "con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible".
La segunda opción que planteó Sánchez era que fuera Ayuso la que solicitara la declaración del estado de alarma, para que el Gobierno de España conjuntamente con la Comunidad de Madrid lo declarara y ratificara las medidas en cuestión.
El presidente del Gobierno puso a disposición de las Comunidades Autónomas el pasado mes de agosto la posibilidad de pedir un estado de alarma individualizado y defender su aplicación, así como sus posibles prórrogas, en el Congreso, como parte de su estrategia de cogobernanza con las Comunidades Autónomas en la gestión de la pandemia.
Por último, Sánchez avisó de que, si Ayuso no optaba por ninguna de las anteriores, sería el Gobierno "quien declare el estado de alarma, sin necesidad de que se formule previamente una solicitud".
15 DÍAS
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha anunciado las medidas restrictivas que se establecen durante 15 días bajo el decreto del estado de alarma en los municipios de Madrid capital, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Madrid, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz para controlar la expansión del coronavirus.
Según ha defendido en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros extraordinario, se tratan de las mismas medidas que ya se estaban siguiendo hasta la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en dichos municipios además de Alcalá de Henares, que se quedará fuera de estas restricciones al haber bajado el nivel de contagios, según el titular de Sanidad.
LAS MEDIDAS
Así las cosas, estas son las medidas de restricción previstas en el decreto del estado de alarma:
-- Se restringe la entrada y salida de personas en los municipios anteriormente citados salvo para aquellos desplazamientos justificados que se produzcan con motivo a asistencia a centros sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o legales, asistencia a centros educativos, retorno a residencia habitual, asistencia y cuidado a personas mayores o menores, personas con discapacidad o dependientes, desplazamiento inaplazable a entidades financieras o de seguros, trámites administrativos o pruebas oficiales inaplazables por fuerza de causa mayor o cualquier otra actividad análoga que esté debidamente acreditada.
-- Las agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o reunión familiar o social tanto en espacios públicos como privados se reducen a seis personas, excepto cuando se trate de convivientes o en aquellas actividades en las que se establecen límites específicos.
-- El aforo máximo de los establecimientos comerciales se reduce al 50% y su hora máxima de cierre son las 22.00 horas.
-- En el caso de los establecimientos de hostelería y juego, el aforo se limita a 50% en interiores y al 60% en exteriores, no se permite el consumo en barra, la ocupación máxima por mesa será de seis personas y la hora máxima de cierre se fija en las 23.00 horas, salvo en los servicios de entrega de comida a domicilio.
-- En las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como interior, el aforo también se reduce al 50%, con un máximo de seis personas para la práctica deportiva en grupo, a excepción de las competiciones oficiales que se rigen por el protocolo específico del Consejo Superior de Deportes.
-- Las academias y centros privados de formación o enseñanza no regladas reducen su aforo al 50%.
-- En los lugares de culto el aforo queda reducido a 1/3, con una distancia mínima de 1,5 metros y en los velatorios se establece un límite máximo de 15 personas si es al aire libre o de 10 si es en espacios cerrados.
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