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Miércoles, 10 de Junio de 2020
Para asegurar la protección de los profesionales

La Comunidad invierte otros 10 millones en material sanitario

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha sido informado de nuevas contrataciones relacionadas con la pandemia del coronavirus, tramitadas por el procedimiento de emergencia, que han supuesto una inversión de más de 10 millones de euros.

[Img #99304]Según ha informado el Ejecutivo autonómico en un comunicado, gracias a estos contratos se ha procedido a la compra de material sanitario y de protección para los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud y para el Hospital temporal que la Comunidad de Madrid levantó en Ifema.
 
Así, desde la Consejería de Sanidad se ha ordenado la tramitación y ejecución, con carácter de emergencia, de la adquisición de material sanitario (guantes, bolsas, esparadrapos, compresas, gasas, mascarillas, etc.) y equipos de protección individual (EPIs) para pacientes y profesionales sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, en 11 expedientes diferentes y por un importe de 3.386.032 euros.
 
Además, también se ha tramitado con carácter de emergencia la contratación de material sanitario y de protección destinado al Hospital temporal de la Comunidad de Madrid instalado en Ifema por un importe de casi 7 millones. El objetivo ha sido asegurar el correcto funcionamiento y la protección de los profesionales que han trabajado en sus instalaciones durante la crisis del Covid-19.
 
En concreto, se han destinado a este hospital temporal 6.332.756,82 euros para a la adquisición de Equipos de Protección Individual (EPIs) y material sanitario y, por otro lado, un total de 458.828,96 euros para material de limpieza y aseo.
 
Desde el Gobierno regional han defendido que debido a la emergencia creada por la pandemia y con la finalidad de prestar los suministros necesarios para garantizar la protección de pacientes y profesionales sanitarios, se hace necesario acudir a la contratación de emergencia prevista en el artículo 120.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
 
Esta normativa faculta a la Administración para actuar de manera inmediata a causa de situaciones que supongan grave peligro, pudiendo ordenar la ejecución de lo necesario para satisfacer la necesidad sobrevenida, o contratar libremente su objeto, en todo o en parte, sin sujetarse a los requisitos formales establecidos en la citada norma.
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