Al igual que en el episodio de Cerdeña, la detención en Alemania llegó en virtud de la Orden Europea de Detención y Entrega del 23 de marzo, emitida por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, por un delito de rebelión, con ámbito de difusión Schengen. Entonces, Puigdemont fue retenido por la policía alemana en una autopista de Alemania, a la altura de la localidad de Schuby, cuando se dirigía en dirección sur hacia Hamburgo.
El vehículo en el que viajaba Puigdemont había cruzado la frontera entre Dinamarca y Alemania, desde donde quería regresar a Bélgica. Fue detenido a unos 30 kilómetros de la frontera.
En abril de ese año el Tribunal Regional Superior (OLG) de Schleswig-Holstein, en el norte de Alemania, dictó su libertad bajo fianza de 75.000 euros e indicó que la extradición era posible en base al delito de malversación, pero no al de rebelión.
Rechazaba así la petición formulada por la Fiscalía regional que, tras examinar la euroorden emitida por el Tribunal Supremo español, pidió a la corte territorial de Schleswig-Holstein que mantuviera a Puigdemont en prisión provisional por el riesgo de fuga.
PLAZOS PARA EJECUTAR LA ORDEN DE DETENCIÓN EUROPEA
Los plazos para ejecutar una orden de detención europea (ODE) son muy estrictos, según contempla la UE. El país en el que la persona ha sido detenida debe tomar una decisión definitiva sobre la ejecución de la ODE en un plazo de 60 días a partir de la fecha de detención. Este plazo podría ser prorrogado otros 30 días en casos excepcionales.
Si el interesado consiente en ser entregado --no parece el caso-- la decisión de entrega debe tomarse en un plazo de diez días. La persona sobre la que pese la ODE debe ser entregada a la mayor brevedad en la fecha convenida por las autoridades implicadas y, en cualquier caso, en un plazo máximo de 10 días desde que se tome la decisión definitiva de ejecutar la ODE.
El portal oficial de E-Justice de la UE advierte además de que los motivos de denegación de entrega están limitados, y un país solo puede negarse a entregar a una persona buscada si es de aplicación uno de los motivos de denegación obligatorios u opcionales.
Entre los obligatorios está que la persona ya haya sido juzgada por el mismo delito (ne bis in idem), no es el caso; que sea menor de edad y no haya alcanzado la edad de responsabilidad penal; o que el país, en este caso Italia, tenga competencia para perseguir el delito y decrete en él una amnistía.
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.56