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Miércoles, 15 de Julio de 2020
Rechaza la prohibición de limitar las reuniones de más de diez personas

La Justicia ratifica las restricciones de Lleida y L'Hospitalet para controlar los brotes de coronavirus

El Juzgado de Instrucción 16 de Barcelona y el Juzgado de Instrucción 2 de Lleida han ratificado las medidas restrictivas del Govern para controlar los brotes de coronavirus en Lleida y L'Hospitalet (Barcelona) con algunas excepciones.

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En el auto del Juzgado de Barcelona, consultado por Europa Press, se ratifican las recomendaciones y restricciones para los barrios de La Torrassa, Florida Nord, Collblanc y Florida Sud de L'Hospitalet consistentes en limitar la movilidad y la actividad social, pero rechaza la prohibición de limitar las reuniones de más de diez personas por afectar a un derecho fundamental.
 
En el caso de Lleida, se ratifican las medidas de carácter urgente como salir de casa solo para lo esencial en Lleida ciudad, Alcarràs, Aitona, Seròs, Soses, La Granja d'Escarp y dos entidades descentralizadas, pero no ratifica la implementación de estas medidas en Massalcoreig.
 
VIGILANCIA DE LOS FISCALES
 
Por otra parte, la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, ha pedido a los fiscales una "puntual" dación de cuentas a la Fiscalía General del Estado respecto de los asuntos relacionados con la crisis sanitaria del coronavirus y los rebrotes para poder garantizar la unidad de actuación del Ministerio Público.
 
Así lo ha manifestado en una nota interna con fecha de martes, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que comienza señalando que "como es notorio", el fin del estado de alarma no supone la desaparición del coronavirus, pues se está detectando que "los focos de reactivación de contagio pueden producirse".
 
En este sentido, Delgado recuerda que el artículo 8.6 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa establece que las medidas que las autoridades sanitarias de las distintas administraciones fijen porque las consideren urgentes y necesarias para la salud pública tienen que ser autorizadas o ratificadas por un juez de los contencioso-administrativo en cuanto puedan implicar "privación o restricción de la libertad de otro derecho fundamental".
 
La fiscal general considera que la intervención del Ministerio Fiscal en estos procedimientos judiciales, dentro "de su misión de tutela de los derechos de los ciudadanos, y en particular de sus derechos fundamentales", debe ser "especialmente homogénea y coordinada" para dar garantía de "una plena igualdad de todas las personas que puedan resultar afectadas", independientemente del territorio en el que se encuentren.
 
Además, indica que tiene "especial importancia y trascendencia" cuando las medidas sanitarias, "más allá del tratamiento de casos individuales, puedan afectar a la totalidad o parte de una entidad territorial autonómica o local, o a grupos significativos de ciudadanos".
 
Por todo ello, ha pedido a los fiscales que, con el "imprescindible margen de tiempo", informen puntualmente a la Fiscalía General del Estado respecto a su participación en estos procedimientos, a través del fiscal de Sala delegado para la especialidad contencioso-administrativa, para analizar los problemas jurídicos que puedan suscitarse y poder "fijar la posición de la Fiscalía en cada caso".
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