Miércoles, 31 de Diciembre de 2025

Actualizada Miércoles, 31 de Diciembre de 2025 a las 14:11:05 horas

EMILIO SUÑÉ
Lunes, 20 de Abril de 2020

PSOE y Podemos: Incautadores vs. incautos

Creo que ya basta de paños calientes. Estamos gobernados por dementes. Acaso los incautos sigan pensando que entre PSOE y Podemos hay diferencias; pero la posibilidad de incautación de viviendas “adecuadas” contenida en una Orden de Ábalos (PSOE) del pasado día 9, demuestra que entre PSOE y Podemos no existe hoy diferencia alguna.

La Orden TMA 336/2020, dice dictarse en cumplimiento de los artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, de medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19. El art. 4 de la Orden de Ábalos se refiere al “Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables”, lo cual es de muy dudosa relación con el Covid-19. Para dichas personas, su art. 4.3 prevé una solución habitacional con viviendas públicas o privadas a disposición de los entes públicos. Pero sigue diciendo: “Cuando no se disponga de este tipo de vivienda, la ayuda podrá aplicarse sobre una vivienda adecuada, de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiarias, en los mismos regímenes”.
 
Lo cierto es que en ningún caso el Real Decreto-ley 11/2020, en los artículos citados, habilita al Ministro de Transportes (del PSOE) para no se sabe muy bien si incautar o expropiar la propiedad privada (se pueden expropiar bienes o derechos, como el uso o el arrendamiento). Por eso la Orden de marras no es un reglamento ejecutivo del Real Decreto-Ley, sino un reglamento independiente que va contra las leyes y la propia Constitución y que, en consecuencia, es nulo por infracción del principio de jerarquía normativa, cosa que puede apreciar la Jurisdicción Contencioso administrativa por sí sola. Claro que vistas las recientes sentencias de la Sala 3ª del Tribunal Supremo, como la relativa a la repercusión de los impuestos sobre las hipotecas, no cabe fiarse de casi nada, pues el principio de seguridad jurídica sufre en estos tiempos un grave quebranto en España y donde no hay seguridad jurídica, tampoco hay seguridad económica ni, en consecuencia, inversiones extranjeras.
 
Mi compañero y amigo el insigne civilista José Gabriel Storch de Gracia, aduce además que la referida Orden dice ampararse en el Decreto-Ley 11/2020, norma temporal y excepcional, y el artículo 4.2 del Código Civil señala que "las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas". Por ello, cualquier grupo normativo dictado para la situación excepcional y temporal vinculada al Covid-19, aun en el caso de que respetase el principio de jerarquía normativa, no podría derogar normas anteriores con alcance general. Y yo añado que además debiera acreditarse la vinculación racional de tal normativa con el estado de alarma declarado, el cual ¿tiene algo que ver con víctimas de violencia de género, por dura que sea su situación? O como dice el propio Prof. Storch: Un inquilino, con no pagar caprichosamente la renta, sería objeto de desahucio y, en consecuencia, pasaría a ser beneficiario del nuevo derecho de ocupación. ¿Es eso función social de la propiedad, o caos jurídico?
 
Y todo ello sin analizar siquiera si el artículo 116 CE y la LO 4/1981 de Estados de Alarma, Excepción y Sitio, permite tal agresión al derecho de propiedad privada, que ya les digo yo que no. Es la conversión del estado de emergencia que sea, no ya en dictadura, sino en tiranía, tal como expuse en un reciente artículo de MadridPress. En fin, que dicha Orden (u ordeno y mando) no hay por dónde cogerla jurídicamente. Y el hecho de que esta embestida sin precedentes contra la propiedad privada, la haya efectuado el PSOE, me ratifica que hoy no es distinto de Podemos. Igual que en la época de Largo Caballero, es un partido comunista más.
 
Emilio Suñé Llinás es Catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid.
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  • Sergio Valdés

    Sergio Valdés | Lunes, 20 de Abril de 2020 a las 16:23:05 horas

    Por explicarlo de una manera gráfica: entre PSOE y PODEMOS, hay la misma diferencia que entre tirarse por la ventana desde un octavo o desde un décimo..

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